Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 25/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

6568

25 de Octubre de 2019

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 206

- Plazo de exposición y admisión de reclamaciones; quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción del Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
- Oficina de presentación; Registro General.
- Órgano ante el que se reclama; Ayuntamiento Pleno.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo, lo que se publicará reglamentariamente.
En Cumbres Mayores a 10 de octubre de 2019.- Fdo.: Gemma Castaño Domínguez.

CHUCENA
ANUNCIO
En cumplimiento del artículo 169.3, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público para general conocimiento que esta Corporación, en sesión plenaria celebrada el día 30 de abril de 2019, adoptó acuerdo inicial que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente de modificación de créditos n.º 4/2019 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de créditos extraordinarios y suplementos de crédito, para la aplicación del superávit presupuestario, financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, cuyo resumen es el siguiente:
Los importes aplicados a los diferentes destinos son:
- Financiar inversiones siempre que a lo largo de la vida útil de la inversión ésta sea financieramente sostenible, por la cantidad de 100.000,00 euros.
Créditos extraordinarios y suplementos de crédito aprobados, resumidos por capítulos:

CAPÍTULO
1 2
3 4
6 7
8 9

DENOMINACIÓN
Gastos de personal Gastos en bienes corrientes y servicios Gastos financieros Transferencias corrientes Inversiones reales Transferencias de capital Activos financieros Pasivos financieros TOTAL AUMENTOS

EUROS
0 0
0 0
100.000,00
0 0
0 100.000,0

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del citado Real Decreto, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Chucena, 4 de octubre de 2019.- LA ALCALDESA. Fdo.: Encarnación Castellano Solís.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 25/10/2019 a las 00:00:06
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 25/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha25/10/2019

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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