Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/10/2021 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 05 de octubre de 2021

esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7 n 1267, se ha dictado la Disposición que a continuación se transcribe: La Plata, 26 de abril de 2021. Visto el Expediente N EX-2020-05274006-GDEBA-DPTLMIYSPGP del Registro del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, y Considerando: Que las presentes actuaciones se originan con motivo del operativo de control los servicios que efectúan las empresas de transporte público de pasajeros del orden provincial, realizado en la Ruta 11 km 290, Partido de General Lavalle, el día 30 de enero de 2020 en la que se labró el Acta de Comprobación Nº 2117; Que por dicha acta se imputó a la empresa Tapi Tour S.R.L por realizar tráficos no autorizados;
en el caso: con el vehículo Dominio GXR 933, se realizaba un servicio desde la localidad de Pergamino hasta San Clemente trasladando a cuarenta y cuatro pasajeros, exhibiendo licencia CNRT N 13715; Que la imputada no ha formulado descargo en el plazo de ley; Que en consecuencia, y no existiendo nuevos elementos de juicio que permitan revertir la falta constatada, corresponde dictar el pertinente acto administrativo aplicando la sanción correspondiente; Que en cuanto al encuadre normativo, resulta de aplicación al caso bajo análisis el artículo 212 del Decreto Nº 6864/58, Reglamentario del Decreto - Ley Nº 16.378/57 y sus modificaciones; Que se deja constancia, a través del IF-202015514994-GDEBA-DRYSMIYSPGP que conforme surge del sistema de multas, la firma Tapi Tour S.R.L, no registra antecedentes por la comisión de la falta enmarcada en el Artículo 212 del decreto Nº 6864/58, Reglamentario del Decreto Ley Nº 16.378/57. Que también resultan de aplicación el Decreto Ley Nº 7647/70, normas de procedimiento administrativo, texto actualizado con las modificaciones introducidas por las leyes Nº 13.262, 13.708, 14.224 y 14.229; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 16.378/57 y el Decreto Nº 6864/58, y las facultades conferidas; Por ello, El Director Provincial de Fiscalización del Transporte de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires Dispone Artículo 1. Sancionar a la empresa Tapi Tour S.R.L por la infracción configurada en el Artículo 212 del Decreto N 6864/58 reglamentario del Decreto-Ley N 16378/57 y sus modificaciones, aplicando una 1 multa de Pesos Catorce Mil Trescientos Treinta y Siete $14.337, por realizar tráficos no autorizados, en el caso: un servicio desde la localidad de Pergamino hasta San Clemente trasladando a cuarenta y cuatro pasajeros, exhibiendo licencia CNRT N 13715. Artículo 2º. Informar a la imputada que podrá recurrir el presente acto resolutivo en los términos del artículo 89 del Decreto Ley Nº 7647/70 de Procedimiento Administrativo, disponiendo al efecto de un plazo de diez 10 días hábiles a partir de la notificación de la presente; o en su caso proceder al pago de la multa para lo cual dispone de un plazo de veinte 20 días hábiles computables a partir del acto notificatorio. Artículo 3º. En caso de optar por el pago de la multa impuesta, esta deberá abonarse mediante Interdepósito Bancario del Banco de la Provincia de Buenos Aires a la orden Fondo Provincial del Transporte -Ley 11.126- Cuenta 1568/6 Casa Matriz La Plata, debiendo remitir o presentar el comprobante original ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7 Nº 1267 Piso 7 de la ciudad de La Plata, más un sellado provincial de reposición de fojas; indicando nombre y apellido y número de expediente. Artículo 4º. Se comunica que mediante Decreto Nº 871/02, se ha aprobado el Régimen de Regularización de Deudas en concepto de multas, al que podrá adherir a fin de formalizar el pago en cuotas de la deuda; debiendo a tal efecto presentarse ante la Subsecretaría de Transporte el titular o el representante legal, acreditando el carácter invocado. Artículo 5º. Registrar, comunicar y notificar. Cumplido, archivar. Disposición Nº DI-2021-59-GDEBADPTFMIYSPGP.
Hector Camarotti, Director oct. 5 v. oct. 13
POR 5 DÍAS - Notifico al señor JUÁREZ MARIO CUIT 20.741.110 con domicilio real en Ciudad de la Paz n 1108 piso 7
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que por expediente EX-2020-00087940-GDEBA-DPCLMIYSPGP en trámite ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7 n 1267, se ha dictado la Disposición que a continuación se transcribe: La Plata, 30 de abril de 2021. Visto el Expediente N EX-2020-00087940-GDEBA-DPCLMIYSPGP del Registro del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos; y Considerando: Que las presentes actuaciones están originadas con motivo del contralor sobre los denominados servicios de transporte de pasajeros, efectuado en Peaje Pilar Ruta 8 Km 35, partido de Pilar, el día 28 de noviembre de 2019, en donde se labró el Acta de Comprobación Nº 0003850; Que en dicha acta se imputa a la empresa Juárez Mario Enrique por realizar tráficos no autorizados, en el caso: con el vehículo Dominio OZG268, se realizaba un servicio de transporte de pasajeros desde Pilar hasta Olivos, transportando doce 12 pasajeros;
Que la imputada no ha formulado descargo en el plazo de ley; Que conforme surge del sistema de multas de la Subsecretaría de Transporte, la imputada no se considera reincidente en los términos del artículo 185 del Decreto N
6864/58; Que en consecuencia, y no existiendo nuevos elementos de juicio que permitan revertir la falta constatada, se estima pertinente dictar el acto administrativo aplicando la sanción correspondiente; Que en cuanto al encuadre normativo, resulta de aplicación al caso bajo análisis el artículo 212 del Decreto Nº 6864/58, Reglamentario del Decreto - Ley Nº 16.378/57 y sus modificaciones; Que también resultan de aplicación el Decreto Ley Nº 7647/70, normas de procedimiento administrativo, texto actualizado con las modificaciones introducidas por las leyes Nº 13.262, 13.708, 14.224 y 14.229; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 16.378/57 y el Decreto Nº 6864/58;
Por ello, El Director Provincial de Fiscalización del Transporte de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires Dispone Artículo 1. Sancionar a la empresa Juárez Mario Enrique DNI 20.741.110; por la infracción configurada en el artículo 212 del Decreto N 6864/58 reglamentario del Decreto-Ley N 16378/57 y sus modificaciones, aplicando una 1 multa de Pesos Catorce Mil Trescientos Treinta y Siete $14.337. Artículo 2º. Informar al imputado que podrá recurrir el presente acto resolutivo en los términos del artículo 89 del Decreto Ley Nº 7647/70 de Procedimiento Administrativo, disponiendo al efecto de un plazo de diez 10 días hábiles a partir de la notificación de la presente; o en su caso proceder al pago de la multa para lo cual dispone de un plazo de veinte 20 días hábiles computables a partir del acto notificatorio. Artículo 3º. En caso de optar por el pago de la multa impuesta, esta deberá abonarse mediante Interdepósito Bancario del Banco de la Provincia de Buenos Aires a la orden Fondo Provincial del Transporte -LEY 11.126- Cuenta 1568/6 Casa Matriz La Plata, debiendo remitir o presentar el comprobante original ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7 Nº 1267 Piso 7 de la ciudad de La Plata, más un sellado provincial de reposición de fojas; indicando nombre y apellido y número de expediente. Artículo 4º. Se comunica que mediante Decreto Nº 871/02, se ha aprobado el Régimen de Regularización de Deudas en concepto de multas, al que podrá adherir a fin de formalizar el pago en cuotas de la deuda; debiendo a tal efecto presentarse ante la Subsecretaría de Transporte el titular o el representante legal, acreditando el carácter invocado. Artículo 5º. Registrar, comunicar y notificar.
Cumplido, archivar Disposición Nº DISPO-2021-127-GDEBA-DPTFMIYSPGP.

SECCIÓN OFICIAL > página 80

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/10/2021 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha05/10/2021

Nro. de páginas82

Nro. de ediciones3369

Primera edición02/07/2010

Ultima edición10/05/2024

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