Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/01/2013 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

ARTÍCULO 4º. Facultar al Ministerio de Infraestructura a dictar las normas transitorias, complementarias y aclaratorias y asimismo a suscribir los instrumentos que resulten necesarios para la plena implementación de la Ley.
ARTÍCULO 5º. Dejar establecido que durante el período de renegociación contractual las condiciones de prestación del servicio y los derechos y obligaciones del concesionario y los usuarios se regirán por las disposiciones del contrato de concesión vigente, el convenio que se aprueba por el artículo 1º de la Ley Nº 14.443, las normas transitorias, complementarias y aclaratorias que dicten y los instrumentos que suscriba la Autoridad de Aplicación.
ARTÍCULO 6º. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en el Departamento de Infraestructura y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 7º. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Alejandro G. Arlía Ministro de Infraestructura
Daniel Osvaldo Scioli Gobernador
Alberto Pérez Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros
Resoluciones


Provincia de Buenos Aires TESORERÍA GENERAL
Resolución Nº 292/12
La Plata, 28 de diciembre de 2012.
VISTO la Resolución Nº 282/12 de la Tesorería General de la Provincia, por la que se emiten Letras del Tesoro a ser suscriptas en forma directa y la Nota de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 305/12 del Ministerio de Economía, se establecieron los términos y condiciones para la Emisión de Letras del Tesoro por un monto de hasta Valor Nominal Pesos ochenta millones VN $80.000.000 a ser suscriptas en forma directa;
Que en particular el artículo 1º de la Resolución Nº 305/12 del Ministerio de Economía establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a cuarenta y dos 42 días con vencimiento el 30 de enero de 2013, por un monto de hasta Valor Nominal pesos cuarenta millones VN $40.000.000;
Que asimismo el artículo 2º de la Resolución citada precedentemente establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a noventa y un 91
días con vencimiento el 20 de marzo de 2013, por un monto de hasta Valor Nominal pesos treinta millones VN $30.000.000;
Que el artículo 3º de la referida Resolución establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a ciento setenta y cinco 175 días con vencimiento el 12 de junio de 2013, por un monto de hasta Valor Nominal pesos diez millones VN $10.000.000;
Que conforme al artículo 6º de la Resolución antes mencionada, la Subsecretaría de Hacienda, a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público oportunamente informó a esta Tesorería General los montos suscriptos conforme a los artículos 1º, 2º y 3º mencionados precedentemente;
Que por Resolución Nº 282/12 de la Tesorería General de la Provincia se emitieron Letras, por suscripción directa, por un monto total de Valor Nominal pesos setenta y nueve millones ochocientos setenta y cinco mil VN $79.875.000;
Que los respectivos Certificados Globales de las citadas Letras del Tesoro fueron depositados en el sistema de depósito colectivo administrado por la Caja de Valores Sociedad Anónima, en su calidad de entidad depositaria conforme lo establecido por la Ley Nº 20.643;
Que la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Publico, ha notificado a esta Tesorería General que se rectifican los montos oportunamente suscriptos, manteniéndose vigentes el resto de las condiciones originalmente acordadas;
Que en virtud de lo mencionado precedentemente se deben modificar los montos originalmente emitidos por la Resolución 282/12;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas en las Leyes Nº 13.767 y 14.331 y el Decreto Nº 3.260/08;
Por ello, EL TESORERO GENERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Modificar el artículo 1º de la Resolución Nº 282/12 el que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTÍCULO 1º. Emitir Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a cuarenta y dos 42 días con vencimiento el 30 de enero de 2013, a ser suscriptas en forma directa, por un importe de Valor Nominal pesos treinta y nueve millones quinientos noventa y dos mil VN $39.592.000 de acuerdo a los siguientes términos y condiciones financieras:
a Denominación: Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a cuarenta y dos 42 días con vencimiento el 30 de enero de 2013.
b Moneda de emisión y pago: Pesos.
c Fecha de suscripción, emisión y liquidación: 19 de diciembre de 2012.
d Precio de suscripción: noventa y ocho con cero doscientos sesenta y uno por ciento 98,0261% de su Valor Nominal.

LA PLATA, VIERNES 25 DE ENERO DE 2013

PÁGINA 755

e Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos treinta y nueve millones quinientos noventa y dos mil VN $39.592.000.
f Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil VN $1.000.
g Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
h Plazo: cuarenta y dos 42 días.
i Vencimiento: 30 de enero de 2013.
j Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
k Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12888, o aquél que en el futuro lo sustituya.
l Régimen de colocación: suscripción directa.
m Forma de liquidación: a través del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
n Negociación: se solicitará la negociación en el MAE y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.
o Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.
p Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.
q Agente Financiero: Banco de la Provincia de Buenos Aires.
r Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro.
s Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
t Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
u Legislación aplicable: Argentina.
v Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 2º. Modificar el artículo 2º de la Resolución Nº 282/12 el que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTÍCULO 2º. Emitir Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a noventa y un 91 días con vencimiento el 20 de marzo de 2013, a ser suscriptas en forma directa por un importe de Valor Nominal pesos veintinueve millones seiscientos noventa y tres mil VN $29.693.000 de acuerdo a los siguientes términos y condiciones financieras:
a Denominación: Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a noventa y un 91 días con vencimiento el 20 de marzo de 2013.
b Moneda de emisión y pago: Pesos.
c Fecha de suscripción, emisión y liquidación: 19 de diciembre de 2012.
d Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos veintinueve millones seiscientos noventa y tres mil VN $29.693.000.
e Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil VN $1.000.
f Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
g Precio de suscripción: noventa y cinco con siete mil cincuenta y uno por ciento 95,7051% de su Valor Nominal.
h Plazo: noventa y un 91 días.
i Vencimiento: 20 de marzo de 2013.
j Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
k Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12888, o aquél que en el futuro lo sustituya.
l Régimen de colocación: suscripción directa.
m Forma de liquidación: a través del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
n Negociación: se solicitará la negociación en el MAE y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.
o Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.
p Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.
q Agente Financiero: Banco de la Provincia de Buenos Aires.
r Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes, a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro.
s Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
t Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
u Legislación aplicable: Argentina.
v Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 3º. Modificar el artículo 3º de la Resolución Nº 282/12 el que quedará redactado de la siguiente forma:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/01/2013 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha25/01/2013

Nro. de páginas54

Nro. de ediciones3396

Primera edición02/07/2010

Ultima edición19/06/2024

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