Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/12/2022 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 29 de diciembre de 2022

dic. 29 v. dic. 30

EDICTOS
POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial Nº 3 Secretaría Única, del Departamento Judicial Bahía Blanca, comunica que con fecha 23 de noviembre de 2022, se ha decretado la Apertura del Concurso Preventivo del Patrimonio de BARCELONA
ARIEL, fallecido el 1 de marzo de 2022, en Coronel Dorrego. Se ha fijado el día 9 de marzo de 2023 fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación de sus créditos ante el Síndico Cdor. Gastón Federico Avaca, con domicilio en Almafuerte 1353 oficina B de Bahía Blanca, quien deberá presentar el informe individual el día 21 de abril de 2023 y el informe general el 6 de junio de 2023. Bahía Blanca, diciembre de 2022. Monzon Hugo Gerardo. Auxiliar Letrado.
dic. 23 v. dic. 29
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a Sra. MARÍA DE LOS ANGELES SAN MARTÍN MARTÍNEZ en causa nro. 18564-1 seguida a Garcia Diego Rafael por el delito de Incidente de Libertad Condicional-, la Resolución que a continuación de transcribe:
del Plata, 13 de diciembre de 2022. Autos y Vistos: I.- Atento lo dispuesto en el marco de los autos principales respecto del causante Garcia Diego Rafael formese incidente de Libertad Condicional, librando oficio al Patronato de Liberados peticionando que, con carácter de urgente, se informe a este Juzgado todo lo referente al cumplimiento del encartado de las condiciones impuestas al momento de hacerse efectiva la Excarcelación que actualmente goza. II.- Atento las reglas de conducta impuestas por el tribunal de origen al momento de otorgar la excarcelación, en cuanto dispuso H Restricción de acercamiento y prohibición absoluta de contacto por cualquier medio o vía con la Sra. María de los Angeles San Martín Martínez. I Abstenerse del ejercicio de actos de perturbación y/o intimidación de todo tipo. J Restricción de acercamiento al domicilio de calle Río Negro 9749 de esta ciudad, en un radio de 500 metros a la redonda; arg. Arts. 13 y 27 bis del CP
todo ello bajo apercibimiento de lo previsto por el art. 189 del ritual en cuanto a que se revocará la excarcelación concedida si transgrediera las presentes condiciones librese oficio a la victima de autos, Sra. María de los Angeles San Martín Martínez, a los fines que se informe a estos estrados si el penado a incumplido las reglas de conducta impuestas y ha tenido algún contacto con la misma desde que fuera otorgada la presente excarcelación.- Asimismo, notifiquiese a las victimas de autos que conforme dispone la ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima - En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente.- Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado". Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 20 de diciembre de 2022. Autos y Vistos: En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art.
129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso". Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
dic. 26 v. dic. 30
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Jueza en lo Correccional nro. 4, Dra. María Laura Pinto de Almeida Castro, dirijo a Ud. el presente en la causa Nro. 2732 caratulada: "Miguel Julio Braian, Demetrio Esmeralda Marisol y Miguel Gustavo Sergio s/Estafa -Restitución de VehiculoPP 02-00-007102-22", a fin de solicitar se sirva disponer la publicación por cinco 5 días, a efectos de citar a la imputada ESMERALDA MARISOL DEMETRIO -titular del DNI 41429951-, como consecuencia de la resolución que a continuación se transcribe: "Bahía Blanca, 16 de diciembre de 2022. En lo que hace a Esmeralda Marisol Demetrio: teniendo en cuenta que no ha sido encontrada en el domicilio que constituyera Maipú n.
3220 de Bahía Blanca, no siendo posible obtener mayores datos sobre su paradero, cítesela para que -en el plazo de cinco díasse presente en la sede de este Juzgado, sito en la calle Avenida Colón nro. 46 Piso 5to. de la ciudad de Bahía Blanca, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenarse su comparendo. Publíquense edictos en el Boletín Oficial
SECCIÓN JUDICIAL > página 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/12/2022 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha29/12/2022

Nro. de páginas69

Nro. de ediciones3368

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/05/2024

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