Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/09/2020 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 01 de septiembre de 2020

lugar del hecho, Tripulantes del Fournier N 5507 de esta ciudad; y 4 acreditar empleo u ocupación o realización de un curso de formación laboral. El cumplimiento de dichas reglas se llevará a cabo mediante el Patronato de Liberados Provincial, a través de la Delegación correspondiente a su domicilio, quedando bajo responsabilidad del causante su presentación en forma espontánea, sin requerimiento de oficio judicial previo ordenando tal manda. f Asimismo, hagáse saber al nombrado las consecuencias que acarrea el incumplimiento de las reglas fijadas, a dichos efectos se transcribe el Art. 27 bis del Código Penal que en su parte pertinente dispone Si el condenado no cumpliere con alguna regla, el tribunal podrá disponer que no se compute como plazo de cumplimiento todo o parte del tiempo transcurrido hasta ese momento. Si el condenado persistiere o reiterare el incumplimiento, el tribunal podrá revocar la condicional de la condena.
El condenado deberá entonces cumplir la totalidad de la pena de prisión impuesta en la sentencia haciéndosele saber que la acreditación del cumplimiento de las reglas de conducta fijadas queda a cargo del imputado y su defensa, motivo por el cual, de no acreditar esa parte el cumplimiento en cuestión, se considerarán no cumplidas las reglas indicadas. g Líbrese oficio a la ANSES haciendo conocer la resolución recaida en autos y el cómputo de pena praticado. h A los fines de dar fiel cumplimiento a lo normado por el Art. 83 inc. 3 del C.P.P., líbrese oficio a los fines de notificar a la víctima de autos de la sentencia dictada. i Además, tómese nota que la presente causa tramitó como IPP Nº 08-00-023941/19 del Juzgado de Garantías Nº 3, y causa Nº 7763 del Juzgado Correccional N Cuatro Departamental." Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución penal. del Plata, 21 de agosto de 2020. Autos y Vistos: Atento a lo informado por la Jefatura Departamental en cuanto la victima Santiago Alberto Petruzzi ya no vive en el domicilio consignado, notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecucion Penal".
ago. 26 v. sep. 1
POR 5 DÍAS - Por disposición de S.S., en causa Nº ME-2485-2018-7007, caratulada: Pared, Cesar Marcelo s/ Amenazas Agravadas por el uso de Arma y Daño en Moreno -B-, que tramita ante este Juzgado en lo Correccional N 3 de Mercedes B, se notifica al nombrado CESAR MARCELO PARED, de la siguiente resolución: cedes, 19 de noviembre de 2019.
Por recibido, agréguese, téngase presente y atento a lo informado por la Comisaría de Moreno 5, a fs. 40/42, notifíquese al imputado Pared por edictos, intimándoselo a presentarse ante este juzgado a primera audiencia en el término de 10 días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, será declarado Rebelde. Fdo. Gisela Aldana Selva, Juez subrogante.. Mercedes, 21 de agosto de 2020.
ago. 26 v. sep. 1
POR 5 DÍAS - EL Juzgado Civil y Comercial Nº 22, a cargo del Dr. Alfredo Aníbal Villata, Secretaría Única a cargo del Dr.
Carlos José Sozzani, sito en Av. N 13 intersección 47 y 48, de La Pata, hace saber y comunica por el plazo de cinco días, que el 10/06/20 en el marco de la causa "Compañía Argentina De Frutas S.A. s/Concurso Preventivo Pequeño LP 15.136 -2020, se ha decretado la apertura del concurso preventivo de COMPAÑÍA ARGENTINA DE FRUTAS S.A. CUIT
30-70869650-8, con fecha de presentación el 28/02/2020. Los acreedores deberán concurrir a verificar sus créditos ante los Síndicos Cdres. Gabriela N. Fernández; Horacio M. Garcia; y Claudio Fabián Tayar Barrios, hasta el día 28/09/2020.
Arancel verificatorio 10% del salario mínimo, vital y móvil vigente al momento de verificación. La presentación de los informes establecidos en los Arts. 35 y 39 de la Ley 24.522 han sido fijados para los días 09/11/2020 y 28/12/2020. Los síndicos han establecido el siguiente protocolo de atención a los acreedores aprobado por este juzgado: A tenor de lo expuesto, proponemos que los acreedores por causa o título anterior a la presentación y sus garantes, a los fines de formular el pedido de verificación deberán acompañar copia de toda la documentación en archivo digital PDF que no supere los 15 MB, incluida la demanda de verificación y documentación tendiente a la acreditación de la personería por correo electrónico a la siguiente dirección: ciafrutasconcurso@gmail.com. Recibidas por la sindicatura las mismas, se le dará al pretenso acreedor un turno con indicación de día y horario para que concurra el peticionante y/o su apoderado con los originales, a los fines de dejar constancia en ellos del pedido de verificación, en esa oportunidad deberá abonarse el arancel. A estos efectos, y a raíz de la emergencia sanitaria que es de público y notorio conocimiento; esta sindicatura -con el objeto de acotar la circulaciónofrece 4 domicilios alternativos en los cuales podrá optar el acreedor para concurrir, con turno. Siendo los mismos: Domicilio de estudio: Diagonal 73 Nro. 1662, Piso 1, Of. C; La Plata. Horacio Marcelo Garcia:
domicilio 25 de Mayo 555, Of. 3; Monte Grande. Cel 011-4420-0292. Gabriela N. Fernandez: domicilio Ascasubi 115
e/Lebensohn y Chiclana, Bernal. Cel 011-6599-0334. Claudio F. Tayar Barrios: domicilio Alem 1616, 1er piso of G, 1828
Banfield Oeste. Cel 011-4435-5795. Se hace constar que al momento de solicitarse el turno y remitirse la documental, los acreedores deberán consignar un teléfono y correo electrónico de contacto para -de ser necesariopoder ejercer las facultades de información previstas en el Art. 33 LCQ. Respecto del periodo de observación de crédito, deberá requerirse turno para concurrir a observar los legajos, siguiéndose igual procedimiento al verificatorio para la recepción de las impugnaciones. La Plata, 19 de agosto de 2020. Dr. José Sozzani. Secretario.
ago. 26 v. sep. 1
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. titular del Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Morón, Dr.
Lucas Varangot, en el marco de la causa correccional N 3.121 seguida a Angel Jonathan Cornejo Ligambre por el delito de Robo en Grado de Tentativa del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese, por el términos de cinco 5 días, a ANGEL JONATHAN CORNEJO LIGAMBRE, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, hijo de Osvaldo Angel y Vilma Ligambre, titular del DNI N 35.799.729, nacido el día 29 de noviembre de 1990 en la ciudad y partido de San Miguel, provincia de Buenos Aires, sin domicilio fijo, a fin que en el plazo de diez 10 días, comparezca a regularizar su situación procesal en esta Magistratura, sita en la calle Colón N 151, esquina Almirante Brown, cuarto piso, sección a de la localidad y partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenar su comparendo Artículos 129, 303 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente edicto:
//rón, de agosto de 2020. I.- - II.- En atención a lo que surge de la presentación efectuada por la Sra. Defensora Oficial de la Unidad de Funcional de Defensa de Instrucción y Juicio Nº 12 departamental con fecha 24 de junio del corriente año y desconociéndose el paradero actual del encartado de autos, cítese y emplácese a Angel Jonathan Cornejo Ligambre mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a esta Magistratura a regularizar su situación procesal dentro de los diez 10 días a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P..

SECCIÓN JUDICIAL > página 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/09/2020 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha01/09/2020

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones3360

Primera edición02/07/2010

Ultima edición03/05/2024

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