Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/06/2020 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 12 de junio de 2020

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 3 de Junín B, a cargo de la Dra. Laura S. Morando, Secretaría Única a cargo del Dr. Luis Agustín Daghero, con domicilio en calle Álvarez Rodríguez 81 de Junín B, comunica por cinco días que en los autos caratulados "Bistuer, Gastón Oscar s/ Concurso preventivo pequeño", Expte. Nº 56552, con fecha 11 de Mayo de 2020, se ha decretado la apertura de concurso preventivo de la sociedad GASTON OSCAR
BISTUER, DNI 34344911, CUIT/CUIL Nº 23-34344911-9, con domicilio en calle Virgilio Tedín Nro. 131 de la localidad de Lincoln Bs. As.. Se hace saber a los acreedores que hasta el día 7 de Julio de 2020 deben presentar al síndico Walter Daniel Martinez, con domicilio en calle Ataliva Roca 229 de la ciudad de Junín, el pedido de verificación de créditos con los títulos y documentos justificativos de sus créditos, y que los días y horarios de atención para la recepción de los pedidos de verificación es de lunes a viernes de 9:30 a 12 hs. y de 17 a 19 hs. Se ha fijado el día 4 de septiembre de 2020 para que el síndico presente el informe individual y el día 20 de Octubre de 2020 para que la sindicatura presente el informe general respectivo arts 35 y 39 de la Ley 24.522. Se ha fijado la audiencia informativa que prevén los arts. 14 inc.10 y 45 de la ley para el día 14 de mayo de 2021 a las 9:00 hs. y se ha establecido que con fecha 21/5/2021 vencerá el plazo de exclusividad previsto en el Artículo 43. En dicha audiencia se conformará el Comité de Control en los términos del Art. 42
LCQ. Junín, junio de 2020.
jun. 9 v. jun. 16
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 3 de Junín B, a cargo de la Dra. Laura S. Morando, Secretaría Única a cargo del Dr. Luis Agustín Daghero, con domicilio en calle Álvarez Rodríguez 81 de Junín B, comunica por cinco días que en los autos caratulados "Bistuer y Cía S.A. s/ Concurso Preventivo Pequeño", Expte. Nº: JU-112132019, con fecha 6 de Febrero de 2020, se ha decretado la apertura de concurso preventivo de la sociedad BISTUER Y CÍA
S.A., CUIT Nro. 30-70866945-4, con domicilio en calle Del Valle N 47 de la localidad de Lincoln Bs. As.. Luego por medio de resolución dictada el 11 de mayo de 2020 se reformularon los plazos y fechas originariamente estipuladas en la resolución de apertura. Se hace saber a los acreedores que hasta el día 7 de julio de 2020 deben presentar al síndico Walter Daniel Martinez, con domicilio en calle Ataliva Roca 229 de la ciudad de Junín, el pedido de verificación de créditos con los títulos y documentos justificativos de sus créditos, y que los días y horarios de atención para la recepción de los pedidos de verificación es de lunes a viernes de 9:30 a 12 hs. y de 17 a 19 hs. Se ha fijado el día 4 de septiembre de 2020 para que el síndico presente el informe individual y el día 20 de Octubre de 2020 para que la sindicatura presente el informe general respectivo Arts. 35 y 39 de la Ley 24.522. En cuanto al período de observaciones de las solicitudes de verificación Art. 34 LCQ, en atención a las medidas de prevención imperantes en todas las actividades en torno al COVID19, resultando menester la compulsa personal de la información que los acreedores presenten en ocasión de verificar, amplíase el plazo a tal fin el que se establece hasta el día 4/8/2020. Asimismo, se establece el día 6/8/2020 el plazo para presentar en autos copia de las impugnaciones que, eventualmente se efectúen. En lo relativo a las observaciones del informe general, se dispone como fecha límite el día 6/11/2020. Se ha fijado la audiencia informativa que prevén los arts. 14 inc.10 y 45 de la ley para el día 14 de mayo de 2021 a las 9:00 hs. y se ha establecido que con fecha 21/5/2021 vencerá el plazo de exclusividad previsto en el Artículo 43. En dicha audiencia se conformará el Comité de Control en los términos del art. 42 LCQ. Junín, junio de 2020.
jun. 9 v. jun. 16
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 3 de San Nicolás, Secretaría única, sito en calle Mitre 24 de esta ciudad, notifica al imputado PEDRO ARTURO ESPINOZA, con DNI N 37.324.387, de nacionalidad Argentina, nacido en la ciudad de Colorado, Prov. de Formosa el día 01/02/91, hijo de Mario Angel Espinoza y de Adela Acosta, con último domicilio conocido en calle 12 de Marzo y esquina Ollero de la localidad de San Nicolás, Prov. de Bs. As., por el término de cinco días, lo resuelto por este Juzgado en causa N 4814, caratulada: Espinoza Pedro Arturo - Amenazas - San Nicolás, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: "San Nicolás, 4 de junio de 2020. Autos y Vistos: los de la presente causa ut supra referenciada en condiciones de resolver la petición del Ministerio Público Fiscal de fs.99. Y Considerando: Que en fecha 04 de diciembre del año 2019 se le otorgó al encartado de autos -Espinozael beneficio de suspensión de juicio a prueba y por el plazo de un año, imponiéndose la realización de un tratamiento de deshabituación al alcohol, la donación de pesos un mil quinientos a favor de la Casa del Niño y la abstención de cualquier contacto con la víctima de autos. Que a fs.
99 el Sr. Agente Fiscal Dr. Martín Mariezcurrena acompaña un informe victimológico -por la comisión de un nuevo hecho delictivo, bajo IPP N 14592-19, del que resulta imputado el causante de autos, siendo la víctima, la misma de estos actuadosy solicita se cite a audiencia al encartado de mención a los fines de acreditarse el cumplimiento del tratamiento a la deshabituación a las drogas, y caso contrario se revocase el beneficio de suspensión de juicio a prueba otorgado. Que a fs. 113 se realizó la audiencia de referencia en el párrafo anterior, en la cual el Sr. Juez Dr. Alejandro G. López -a cargo de este organismo en esa oportunidadle explico nuevamente los alcances del beneficio otorgado, manifestando en dicha oportunidad el encausado Espinoza que no había dado cumplimiento al tratamiento impuesto, ni a los comparendos porque había estado residiendo en la provincial de Formosa, e hizo saber que durante los meses de abril hasta julio de este año regresaría a dicho lugar. Y a continuación la defensa oficial acompañó escrito haciendo saber el domicilio exacto de su asistido en la ciudad de El Colorado, Pcía. de Formosa, a los fines de librarse los correspondientes oficios al Patronato del lugar. Que en fecha 13 de mayo del año 2020 la Actuaria informó que el encausado de autos se encontraba residiendo en esta ciudad, pero que se desconocía su actual paradero, ante lo cual de dio vista a la defensa oficial a los fines de allegar datos de localización de su asistido, así como contacto telefónico y/o correo electrónico, sin respuesta a ello hasta la fecha.
Que habiendo solicitado expresamente el Sr. Agente Fiscal la revocación del beneficio de suspensión de juicio a prueba en orden al incumplimiento de las obligaciones allí impuestas; las cuales se encuentran debidamente acreditadas con los informes victimológicos de fs. 100/104 y 106/110-, siendo la no realización del tratamiento de deshabituación a las drogas, la violación a la abstención de contacto con la víctima y la falta de paradero conocido, todo ello ratifica la falta de interés del encartado en dar cumplimiento a las reglas impuestas en el marco del instituto de mención. Por lo expuesto precedentemente y citas legales mencionadas Resuelvo: 1 Revocar el beneficio de suspensión de juicio otorgado en fecha 17 de diciembre de 2019al encartado Pedro Arturo Espinoza todo ello en los términos del art. 76 ter cuarto párrafo del C.P.2 Firme la presente resolución prosígase con el trámite de la presente causa.3 En atención a tratarse de un hecho de violencia de género habilítense días y horas inhábiles a sus efectos. Notifiquese electrónicamente a ambos Ministerios y por vía mail o en su caso por edictos al imputado y víctimaSan Nicolás, 4 de Junio de 2020. Atento al acta que obra a fs.
111, lo informado por la Defensa a fs. 115 con relación a la notificación de revocación del beneficio de suspensión de juicio
SECCIÓN JUDICIAL > página 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/06/2020 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha12/06/2020

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones3365

Primera edición02/07/2010

Ultima edición10/05/2024

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