Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/01/2017 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

que dictara este Juzgado en el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos
Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: Sobreseer totalmente a Claudia Viviana Vargas, argentina, DNI 18.159.607, nacido ello de octubre de 1966
en Rawson, Prov. de San Juan, hija de Deonicia del Tránsito Vargas, por el delito de Estafa, en virtud de haberse extinguido la acción penal, por haber operado la prescripción.
Arts. 59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º, 172 del Código Penal y 323 Inc.
1º del C.P.P.. 2º Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputada por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual.- " Fdo: Dra. Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1." Dolores, 10 de enero de 2017.
C.C. 656 / ene. 24 v. ene. 30


POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Presidente de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Criminal y Correccional del Dpto. Judicial de Dolores, en causa Nº 19026, caratulada: "Acuña, Julieta Anabel y Santa Cruz, Braian Axel s/ Usurpación de inmueble, JGNº 4", a fin de solicitarle, proceda a publicar edicto, por el término de cinco días Art. 129 y concdts, del C.P.P., a fin de notificar al prevenido JULIETA ANABEL ACUÑA, cuyo último domicilio conocido era en calle Avenida Costanera Nº 141
planta baja, Unidad Funcional Nº 2 de Santa Teresita, lo resuelto por este tribunal el pasado 30 de diciembre de 2016, lo que se transcribe a continuación: "Por los fundamentos expuestos en el acuerdo que precede, se Rechaza el recurso de apelación interpuesto por la Defensa Oficial, y en consecuencia, se confirma la resolución recurrida, obrante a fs. 146/149 y vta., mediante la cual el Señor Juez de Garantías, Dr. Diego Olivera Zapiola resolvió Disponer como medida cautelar el desalojo de la totalidad de los ocupantes del inmueble sito en Calle Costanera Nº 141 Unidad 2 PB de la localidad de Santa Teresita y la inmediata restitución del mismo a Alfredo Musitani Art.
146 y 231 del C.P.P. Firmado: "Luis Felipe Defelitto.
Fernando Sotelo. María Lucrecia Angulo. Abogada.
Secretaria. Dolores, 11 de enero de 2017.
C.C. 657 / ene. 24 v. ene. 30
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº I.P.P. Nº PP-03-00078999-04/00 seguida a MUÑOZ, YAEL CRUZ s/Robo Agravado en Poblado y en Banda, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría Única a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Gutemberg Nº 8260 de Mar del Plata, la resolución que dictara este Juzgado con fecha de noviembre de 2016, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos Resuelvo:
Sobreseer Totalmente a Yael Emanuel Cruz Muñoz, por haber operado la Prescripción, en relación al delito de Robo Calificado por ser en Poblado y en Banda previsto por el art. 167 inc. 2 Arts. 59, inc. 3; 62 inc. 2º y 323, inc.
1º del C.P.P.. Regístrese y notifíquese a quienes corresponda. Firme y consentido el presente procédase a levantar la captura decretada oportunamente sobre el nombrado imputado. Regístrese, notifíquese. Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 2 de enero de 2017. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Yael Cruz Muñoz en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs.
As., conforme lo dispuesto por el art. 129 del C.P.P. Dra.
Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1". Dolores, 2 de enero de 2017. Marcos, C. Álvarez, Abogado.
C.C. 650 / ene. 24 v. ene. 30

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 30 DE ENERO DE 2017

POR 5 DÍAS - En el marco de la I.P.P. Nº PP-03-00118504-06/00 seguida a SOSA, MARCOS ANTONIO
s/Lesiones Leves y Amenazas, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría Única a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Buenos Aires y La Rioja de Mar de Ajó, la resolución dictada por este Juzgado en el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1º Sobreseer totalmente a Marcos Antonio Sosa y declarar la Extinción de la Acción Penal, por haber operado la Prescripción, en relación al delito de Lesiones Leves. Arts. 59, inc. 3º; 62
inc. 2º y 89 del Código Penal y 323, inc. 1º del C.P.P.. 2º Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual
Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 3 de enero de 2017. Mónica Barrionuevo, Secretaria.
C.C. 651 / ene. 24 v. ene. 30


POR 5 DÍAS - En el marco de la I.P.P. Nº PP-03-00107001-06/00, seguida a GAVET, GUSTAVO MIGUEL
s/Robo, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría Única a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio es desconocido, la resolución que dictara este Juzgado en el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1º Sobreseer Totalmente a Gustavo Miguel Gavet y declarar la Extinción de la Acción Penal, por haber operado la Prescripción, en relación al delito de Robo Simple. Arts. 59, inc. 3º; 62 inc. 2º, y 164
del Código Penal y 323, inc. 1º del C.P.P.. 2º Regístrese.
Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 4 de enero de 2017. Mónica Barrionuevo, Secretaria.
C.C. 652 / ene. 24 v. ene. 30
POR 5 DÍAS - En el P.P. Nº 03-00-1604-13 seguida a Arnau Francisco Fabián y otros s/ Hurto, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores a los efectos que proceda a publicar edicto, a fin de notificar al prevenido ARNAU FRANCISCO FABIÁN cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de Dolores, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 1º de diciembre de 2016. Autos y Vistos: y Considerando Resuelvo: I.- Sobreseer Totalmente a Arnau Francisco Fabián en orden al delito de Hurto art.
162 del C.P. por encontrarse Extinguida la Acción Penal puesta en marcha por Prescripción, conforme a lo normado en los arts. 59. Inc. 3º y 62 del Código Penal y art. 323, inc. 1º, del Código Procesal Penal Gastón Giles, Juez.
Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente:
"Dolores, 27 de diciembre de 2016. Autos y Vistos En lo tocante al encartado Arnau Francisco Fabián, no siendo hallado en el domicilio denunciado en autos, ni siendo conocido en el lugar según lo informado precedentemente, corresponde proceder a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin que Arnau Francisco Fabián sea debidamente notificado del auto que dispuso su sobreseimiento en el expediente de marras.
Gastón Giles, Juez. Dolores, 27 de diciembre de 2016.
C.C. 653 / ene. 24 v. ene. 30

PÁGINA 607

POR 5 DÍAS - En Incidente de Eximición Nº 1 en favor de CANDELA NAHUEL y otro, en Causa 14.101 P.P. Nº 5314-16; que tramita por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única del Dr. Jorge Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de Dolores, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 20 de diciembre de 2016. Autos y Vistos Por ello, en orden a las disposiciones emergentes de los arts. 144 a contrario, 148, 169 inc.
1º a contrario, 170 a contrario, 171, 185, 186, y ccdtes. del C.P.P.; arts. 18, 75 inc. 22 de la Constitución Nacional y art. 21 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, Resuelvo: I. No hacer lugar al pedido de eximición de prisión formulado por el Señor Defensor Oficial del Fuero de Responsabilidad Juvenil DptaI. Dr. Carlos Alberto Fortini, en favor de los Señores Diego Nahuel Candela y Lautaro Manuel Lara, en orden al delito de "Lesiones Graves" previsto y reprimido por el art. 90 del C.P., por improcedente arts. 169, 185 y ccdtes. del Código de Procedimiento Penal Gastón E. Giles, Juez de Garantías Nº 3 Deptal
Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente "Dolores, 26 de diciembre de 2016. Autos y Vistos
Encontrándose el imputado Candela Diego con pedido de captura a fs. 26 de la Carpeta de Causa, y atento lo resuelto por el suscripto a fs. 02/05 y vta., procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal.
Dr. Gastón Eduardo Giles, Juez de Garantías Nº 3".
Dolores, 26 de diciembre de 2016.
C.C. 654 / ene. 24 v. ene. 30


POR 2 DÍAS - El Juzgado de Familia Nº 3 del Departamento Judicial de Quilmes, Secretaría Única, en el Expte. Nº 72645 caratulado "Alegre Jesús Nazareno s/Abrigo", notifica a la Sra. MIRIAM ETELVINA ALEGRE, D.N.I. Nº 32.843.206, con último domicilio conocido en la ciudad de Quilmes, del siguiente resolutorio: "Quilmes, 15
de diciembre de 2016.- Atento estado de autos, lo solicitado por el Asesor interviniente de conformidad con lo normado por el Art. 11 de la Ley 14.523 desígnase la audiencia del día 6 del mes de marzo de 2017, a las 8.30
hs a fin de que la Sra. Miriam Etelvina Alegre comparezca con debido patrocinio letrado a ejercer sus derechos y bajo apercibimiento de resolver favorablemente la adoptabilidad solicitada por la guardadora y Asesor interviniente.
Notifíquese con carácter urgente y mediante publicación de edictos por dos días en el Boletín Oficial y diario El Sol de Quilmes dejándose constancia que se encuentra exenta del pago de cualquier tipo de sellado o arancel atento la materia de autos Fdo: Gustavo Gabriel Petracca.
Juez". Dra. Andrea Claudia Marino, Auxiliar Letrado.
C.C. 821 / ene. 30 v. ene. 31
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Familia Nº 3 del Departamento Judicial de Quilmes, Secretaría Única, en el Expte. Nº 108875 caratulado "López Milagros Nahiara s/Abrigo", notifica a la Sra. MELISA NANCY LÓPEZ, D.N.I.
Nº 36.495.709, con último domicilio conocido en la ciudad La Candelaria, Provincia de Misiones, del siguiente resolutorio: "Quilmes, 5 de diciembre de 2016. Autos y Vistos
Y Considerando Resuelvo: 1 Decretar la Guarda de Milagros Nahiara López DNI 50.838.159 a favor de Marta Alicia Sandoval DNI 12.622.466, por el plazo de 1 año a contar desde la fecha de la presente. Arts. 657 y cdtes del C.C y C. 2 Ofíciese al Servicio Zonal de Promoción y Protección de los Derechos de los Niños -Región Sur-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/01/2017 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha30/01/2017

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones3369

Primera edición02/07/2010

Ultima edición06/06/2024

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