Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/01/2017 - Sección Judicial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 30

LA PLATA, LUNES 2 DE ENERO DE 2017

BOLETÍN OFICIAL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Sección Judicial Remates


DIEGO A. ROZAS DENNIS
POR 5 DÍAS - El Juz. Civil y Com. Nº 2, Sec. Única de B. Bca, hace saber que el martillero Diego A. Rozas Dennis 1104, en autos Gasco, Federico Nicolás c/ Heit José Luis s/ Concurso Especial, Exp. 110.116/08, rematará EL DÍA
6 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11 HS., sobre los mismos, la tercera parte indivisa de los inmuebles ubicados en Darregueira, Partido de Puán, Nomenclatura Catastral:
Circ. IV, Secc. D, Manzana, 28, Parcelas 1-a antes Parcelas 1, 2 y 3, Partida 1516, Matrículas 5061, 5060 y 5059. Sup. 600 m2. Base $ 215.959. Al contado. Seña 10%, comis. 5% + IVA, sellado 1,2%, aporte ley, en dinero en efectivo. Saldo aprobación subasta. Ocupado por Sr.
Schiel la cancha de paddle en carácter de inquilino con contrato hasta junio 2017; Gimnasio ocupado por Juan Pablo Duckart sin contrato y las cocheras explotadas por Patricia Diana Lafitte sin contrato. Revisar desde media hora antes. Títulos en expte. El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzg. art. 580 CPCC.
Existen deudas por impuestos, tasas y servicios. Cédula parcelaria será a cargo del comprador. Mayores informes www.rozasdennis.com. B. Bca., 13 de diciembre de 2016.
Fdo.: María Florencia Domínguez Guerri, Secretaria.
B.B. 59.612 / dic. 29 v. ene. 4


SANDRA ZABEO
POR 3 DÍAS - Juzg. en lo Civil y Comercial N 14, del Departamento Judicial Mar del Plata, hace saber que la Martillero Sandra Zabeo, rematará EL DÍA 3 DE FEBRERO
DE 2017, A LAS 12 HS. EN PTO. en Bolívar 2958, 1 un lote de terreno en la calle Graciela esquina Luis del Paraje de Sierras de los Padres, cuya Nomenclatura Catastral es la siguiente: Circ. III, Sec. I, Manzana 87, Parc. 10Matrícula 119.480 de General Pueyrredón 045, Sup.
796,80. Adeuda Municipal: al 6/10/2016 la suma de $
448,62 Arba: al 6/10/2016 $ 12.560,70. Saldrá a la venta en el estado que surge el Mto. de constatación de fs.
110/112 terreno baldío, desocupado. Base: $ 24.683, si no hubiera postores 2da. fecha el día 6 de febrero de 2017
a las 12 hs. en pto., con una base de $ 18.512 y si tampoco hubiera oferta 3er. fecha sin base el día 9 de febrero de 2017 a las 12 hs. en pto. 2 acto seguido se subastará un lote de terreno en la calle Graciela esquina Luis del Paraje de Sierras de los Padres, cuya Nomenclatura Catastral es la siguiente: Circ. III, Sec. I, Manz. 87, Parc.
11- Matrícula 119.100 de General Pueyrredón 045, Sup.
820,60. Adeuda Municipal: al 6/10/2016 $ 5.309,99, Arba al 6/12/2016 $ 16.103,70. Saldrá a la venta en el estado que surge el Mto. obrante a fs. 107/109 terreno baldío, desocupado. Base: $ 28.707, si no hubiera postores 2da. fecha 6 de febrero de 2017 a continuación de la anterior subasta un con una base $ 21.530, si tampoco hubiera postores 3er. fecha para el 9 de febrero de 2017 a continuación de la anterior sin base. Venta ordenada en autos: "Puerto Agostino S.A. c/Di Leva Francisco y otros s/Ejecución de laudo arbitral" Expte. N 21.007. El adquiriente deberá constituir domicilio legal dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias le quedarán notificadas en los términos del art.
133 del ordenamiento adjetivo, como así también deberán denunciar el nombre del comitente, todo ello en el momento mismo de la realización del remate arts. 580, 582 y concs. del CPCC, ref. Ley 11.909 y deberá ratificarlo dentro del quinto día de aprobada la subasta. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del 5 día de aprobada la subasta bajo apercibimiento del art. 585 del C.P.C. La venta se ordenó libre de gravámenes, impues-

tos, tasas, y contribuciones hasta el momento de entrega de la posesión al adquirente. Condiciones de ventas: todo dinero efectivo, acto de subasta, Seña 10%, honorarios 4% cada parte, más el 10% de esos honorarios en concepto de aportes; sellado de ley. La venta se ordenó libre de gravamen, impuestos, tasas y contribuciones hasta el momento de entrega de la posesión al adquirente. Se aclara que para el caso que la venta se encontrara gravada por el Impuesto del Valor Agregado, al precio ofrecido se deberá adicionar el porcentaje correspondiente a dicho impuesto a cargo del comprador conf. Art. 2 y concs. de la Ley 23.349. Visitas el día 3 de febrero de 2017 de 9:30
a 10:30 hs. Asistentes a la subasta deberán concurrir con DNI a fines de su identificación, para el caso que actúen en calidad de mandatario deberá denunciar el nombre de su comitente. Mar del Plata, 5 de diciembre de 2016.
Gabriela R. L. Martínez, Auxiliar Letrada.
M.P. 36.417 / dic. 30 v. ene. 3

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Juzg. de 1 Inst. Civ. y Com. N 1 del Dpto. Jud. Necochea hace saber que el día 07/11/2016 se decretó la Quiebra de JORGE JAVIER ROBLES, DNI
34.421.351, con domicilio en calle 562 N 1375 de Quequén, Pdo. de Necochea. Síndico designado: Cdor.
María Elsa Hernández, con domicilio en calle 60 N 2633.
Días y horarios de atención: Ma. y Jue., de 10 a 12 hs.
Fecha límite para presentación de pedidos de verificación:
08/02/2017 en dicho domicilio. Presentación del Inf. Ind.:
15/03/2017. Presentación del Inf. Gral.: 21/04/2017. Se intima a la fallida y a todos aquellos que tengan en su poder bienes y documentación perteneciente a la misma, se los entreguen al Síndico art. 88 inc. 3 LCQ. Se pone en conocimiento acerca de la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces art. 88 inc. 5 LCQ. Arancel verificatorio: $ 756, el que no deberá abonarse si el crédito es de causa laboral o cuando su monto sea equivalente o menor de 3 salarios mínimos vitales y móviles. Necochea, 22 de noviembre de 2016. Marta B. Bernard, Secretaria.
C.C. 218.587 / dic. 27 v. ene. 2


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, a cargo del Dr. Federico Martínez, Secretaría Única, a mi cargo, comunica por cinco días que el 15 de noviembre de 2016, se ha declarado la Quiebra de NÚÑEZ PEDRO EDUARDO DNI 20.252.284, CUIL 2020252284-0, habiendo sido designado Síndico la Cdra.
María Guillermina Mercapidez, con domicilio en calle 18
N 425 de la ciudad de La Plata, días de atención lunes a viernes de 9 a 13 y de 15 a 18 hs., a quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación de sus créditos hasta el día 1º de marzo de 2017. Se deja constancia que el 14 de abril de 2017 y el 31 de mayo de 2017 se fijaron como fecha de presentación de los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la Ley 24.522, respectivamente. Se hace saber a los terceros y al fallido que tengan bienes de este último, que deberán entregarlos al Síndico.
Se prohíbe realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces. La Plata, 21 de diciembre de 2016. Dr. Juan Francisco Constenla, Secretario.
C.C. 218.607 / dic. 27 v. ene. 2
POR 5 DÍAS - El Juzgado Nac. de Prim. Inst. en lo Comercial N 14, a cargo del Dr. Jorge Sicoli, Secretaría N
28, a cargo del Dr. Martín Sarmiento Laspiur, sito en la Av.
Callao 635, piso 2, Ciudad de Bs. As. en autos "Servicios Integrales Produtec S.A. s/Quiebra" comunica por cinco días que con fecha 17 de noviembre de 2016 se decretó la
Quiebra de "SERVICIOS INTEGRALES PRODUTEC S.A."
CUIT 33-70913323-9, designándose Síndico al Ctdor.
Alberto Javier Samsolo, Viamonte 1636, piso 5 "B", Ciudad de Bs. As., Te. 4373-1777 ante quien los acreedores deberán insinuar sus créditos hasta el día 16 de febrero de 2017. El Síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 LC los días 4 de abril de 2017 y 19 de mayo de 2017, respectivamente. Se prohíben los pagos y entrega de bienes al fallido, so pena de considerarIos ineficaces e intimar a quienes tengan bienes y documentación de la misma para que los pongan a disposición de la Sindicatura en cinco días. Buenos Aires, 14 de diciembre de 2016. Martín Sarmiento Laspiur, Secretario.
C.C. 218.584 / dic. 27 v. ene. 2
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial Necochea, en el marco de la PP N
PP-11-00-001675-15/00, notifica por este medio a DARÍO
RAÚL GARCÍA por el término de cinco días de acuerdo a lo prescripto en el art. 129 del CPP, la siguiente resolución: "Necochea, 10 de noviembre de 2016. Autos y Visto:
Para resolver la presente causa, I.P.P. N 1675715, seguida a Darío Raúl García, de nacionalidad argentina, DNI
29.773.452, nacido en la ciudad de Necochea el 6 de octubre de 1982; hijo de Raúl Audelino y de Marta Noemí Guariglia; de estado civil soltero, ocupación empleado tareas rurales, con domicilio en Avenida 98 y calle 11 de Necochea, en la que a fs. 67/68vta., el Sr. Agente Fiscal Dr. Roberto Joaquín Mirada, formula requisitoria de citación a juicio, oponiéndose a fs. 67/68vta., el Sr. Secretario de la Defensoría Oficial Dr. Gonzalo J. R. Piñeyro quién solicita se declare la nulidad del acta de fs. 17/vta., en los términos del art. 202 del C.P.P. y se dicte el sobreseimiento del causante de autos por no acreditarse ser el autor del ilícito en los términos del art. 323 inc. 4 del ritual.
Que ante la nulidad planteada se da vista al Sr. Agente Fiscal a fs. 70/71 señala que el acta de fs. 17/vta., no fue utilizada por la fiscalía para la imputación al causante. Y
Considerando: Primero: Que abocándose estrictamente a lo solicitado por la defensa, en tanto solo se cuestiona la validez procesal de la declaración de fs. 17/vta., y la autoría del ilícito en investigación, cabe decir que le asiste razón a dicha parte, pero en forma parcial. Ello por cuanto la declaración de nulidad del acta testimonial de fs.
17/vta., que fuera efectuada por el imputado Darío Raúl García, deviene innecesaria. En este sentido le cabe la razón al Sr. Agente Fiscal cuando dice que dicha pieza no ha sido usada por esa parte como fundamento, a efectos de endilgarle a García ser el autor del delito de Encubrimiento, lo que surge de análisis de los actos procesales de imputación de fs. 40/41; declaración del imputado de fs. 50/51 y de la requisitoria de elevación a Juicio de fs. 59/61vta., no debiéndose entonces nulificarse la misma, por no haber sido utilizada como elemento incriminante por la Fiscalía. Ahora bien, dicho ello, se valora que de los restantes elementos reunidos y mencionados por la instrucción a los que se remite en honor a la brevedad, cabe decir que de ninguno surge la vinculación del automotor periciado Camioneta Marca Toyota, modelo 4x4 Hilux, dominio CIQ-325 con el Sr. Darío Raúl García.
Repárese que de la documentación obrante a fs. 18/20
vta., no surge ni se infiere que el titular registral sea el hoy imputado, ni existe ninguna otra pieza que acredite que éste ejerciera un dominio de una situación de hecho o de derecho en ese sentido. Así se infiere que el Sr. Agente Fiscal no ha determinado en autos en qué fecha exacta ni tampoco a que persona le fuera secuestrado originariamente la pick up por la autoridad competente, y que supuestamente fue inmediatamente alojada bajo responsabilidad del espacio físico municipal, ni menos aún en que condiciones técnicas y mecánicas específicas y genéricas presentaba en concreto hasta que fuera sustraída el

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/01/2017 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha02/01/2017

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones3828

Primera edición02/07/2010

Ultima edición10/06/2026

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2017>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031