Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 23/09/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 184 23 de septiembre de 2021

Artículo 1. Objeto.
El objeto de esta Ordenanza Municipal es, por evidentes razones de seguridad, salubridad y ornato público, la regulación del paso, estancia, circulación y tránsito del ganado por las vías públicas del término municipal de Garganta del Villar, provincia de Ávila.
Artículo 2. Sujetos.
Serán sujetos responsables del cumplimiento y observancia de la presente Ordenanza Municipal los ganaderos, propietarios, titulares o poseedores de ganado, de cualquier clase, tipo, raza, naturaleza o especie que éste sea, cuyo ganado transite o permanezca en las vías públicas del Municipio de Garganta del Villar.
Artículo 3.
Son obligaciones del ganadero, titular, propietario o poseedor del ganado, en todo caso:
a Garantizar que el ganado, en su paso por el núcleo urbano, no produzca ningún tipo de daño en los bienes, tanto particulares, como públicos, que encuentren en su camino. A este respecto, el ganadero será responsable de todos los daños que por el ganado se pueda producir en su paso, tanto e fincas particulares como en propiedades públicas.
b Dejar las vías públicas, en perfecto estado de limpieza tras el paso de ganado, en la forma que se encontraban dichas vías con anterioridad al tránsito c Queda terminantemente prohibido, en todo caso y para todas las épocas del año, la permanencia de ganado suelto en el núcleo urbano. En todo caso, si como consecuencia de la permanencia de ganado suelto en el núcleo urbano, se produjesen daños en fincas particulares o públicas, el ganadero se hará responsable de todos los daños que se produjeran.
Artículo 4. Condiciones del paso de ganado por zona urbana.
1. Se señalan como zona de paso de ganado en el casco urbano y en los alrededores del casco urbano, todas las calles, aceras, caminos, callejas y demás vías que tengan carácter urbano y se encuentren dentro del Municipio, en la zona que se establece como urbana en el Padrón Catastral, establecido por la Dirección General del Catastro, en el Término Municipal de Garganta del Villar.
2. El paso de ganado por cualquier otro tipo de vías públicas del término municipal, que se hallen incluidas dentro de la delimitación de los distintos núcleos urbanos del mismo, se realizará en las condiciones que se establecen en el presente artículo.
Artículo 5. Daños y desperfectos.
El propietario, titular o poseedor del ganado será responsable de los daños y desperfectos que los animales pudieran causar, durante su paso, tránsito o estancia en zona urbana, en el mobiliario urbano, vehículos, fachadas o cualquier otro elemento similar o análogo.
Artículo 6. Infracciones.
1. Las infracciones de las normas contenidas en la presente ordenanza tendrán la naturaleza de muy graves, graves y leves.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 23/09/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha23/09/2021

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones3607

Primera edición04/01/2010

Ultima edición22/05/2024

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