Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 08/08/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 153

8 de agosto de 2019

ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1889/19

AYUNTAMIENTO DE OJOS ALBOS
A n u n c io Por Resolución de Alcaldía n.º 2019-0045 de fecha 9/07/2019 se aprobó la Resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:
Visto que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
Visto que durante los días del 09/07/2019 al 20/07/2019, el Sr. Alcalde se encontrará ausente del Municipio por vacaciones.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44y47del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, RESUELVO
PRIMERO. Delegar en D. JOAQUÍN GARCÍA GARZÓN, Teniente de Alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de2de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el período del09/07/2019
al20/07/2019 por vacaciones del Sr. Alcalde.
SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso,cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto2568/1986, de28de noviembre.
CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 08/08/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha08/08/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones3589

Primera edición04/01/2010

Ultima edición26/04/2024

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