Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 08/08/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 153

8 de agosto de 2019

Articulo 6. Cuota Tributaria.
Cuota Fija por enterramiento: 0 Euros.
Asignación de sepulturas, nichos y columbarios:
a Sepulturas perpetuas: euros.
b Nichos perpetuos: 800 euros, c Columbarios perpetuos: 200 euros.
Toda clase de sepulturas, nichos o columbarios, que por cualquier causa, queden vacantes, revierten a favor del Ayuntamiento.
El derecho que se adquiere mediante el pago de la tarifa correspondiente a sepulturas nichos de los llamados perpetuos no es de la propiedad física del terreno, sino el de conservación de los restos en dichos espacios inhumados, por el período máximo establecido en la legislación vigente.
Por motivos de interés a utilidad pública, el Ayuntamiento podrá cambiar la situación de los nichos o sepulturas en el mismo cementerio, o trasladarlos a otro nuevo, manteniéndose en este caso la concesión en la nueva ubicación por el resto del tiempo que falte para la extinción por transcurso del plazo.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 08/08/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha08/08/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones3589

Primera edición04/01/2010

Ultima edición26/04/2024

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