Artículo 811 del Código Civil y Comercial comentado

-

ARTÍCULO 811.- Participación.

La participación entre los acreedores de lo que uno de ellos percibe de más se determina conforme a lo dispuesto por el artículo 841.

Remisiones: ver art. 841 CCyC.

(CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN - LIBRO TERCERO DERECHOS PERSONALES. TÍTULO I. Obligaciones en general. CAPÍTULO 3. Clases de obligaciones. SECCIÓN 6ª. Obligaciones divisibles e indivisibles. Parágrafo 1º. Obligaciones divisibles)

Artículo anterior Artículo siguiente

______________________________________________________________________________

1. Introducción*

La participación entre los acreedores de lo que uno de ellos percibe de más está regulada por las reglas de la solidaridad (art. 841 CCyC), donde se determina la “cuota de contribución”.

Alterini, Ameal y López Cabana explican que la determinación de la cuota parte se establece de la siguiente manera:

a. en primer lugar, de acuerdo a lo pactado conjuntamente entre deudores y acreedores, respetándose el principio de la autonomía privada (arts. 957 y 958, CCyC);

b. en segundo lugar por lo pactado entre deudores y entre acreedores, entre sí;

c. la causa por la cual los coacreedores o codeudores contrajeron la obligación conjuntamente;

d. según las relaciones de los interesados entre sí; y

e. finalmente, según las demás circunstancias.

En este artículo se pone énfasis en que el régimen establecido por la ley es supletorio a lo acordado entre las partes.

* Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación comentado / Gustavo Caramelo ; Sebastián Picasso ; Marisa Herrera - 1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Infojus, Sistema Argentino de Información Jurídica, 2015.

Publicar un nuevo comentario

El contenido de este campo se mantiene como privado y no se muestra públicamente.


  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Allowed HTML tags: <a> <em> <strong> <cite> <code> <ul> <ol> <li> <dl> <dt> <dd>
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.

Más información sobre opciones de formato

Buscar en todo Dateas!