Cómo nombrar un apoderado para cobro y tramitaciones en ANSES

En qué consiste

Si sos jubilado o pensionado de ANSES y no podés concurrir a realizar personalmente el cobro de tus haberes, ya sea por imposibilidad permanente o transitoria de movilizarte, por viaje temporario al exterior u otro motivo, podés otorgar un poder para hacerlo a alguna persona física o entidad bancaria.

También podés otorgar poder para realizar trámites en tu nombre.

Este trámite requiere solicitud de turno. Podés informarte cómo obtenerlo en la línea gratuita de ANSES: 130.

Es importante tener en cuenta que para iniciar este trámite tus datos personales deben estar acreditados en la base de datos de ANSES.

Podés obtener esta información en Mi ANSES, ingresando con tu clave de seguridad.

En caso de no tener clave de seguridad podés obtenerla en Clave Seguridad Social.

Si encontrás que tus datos no están acreditados, deberás dirigirte a una delegación de ANSES con tu documento para regularizar la situación. Este trámite se realiza sin turno. Podés consultar en la línea gratuita de ANSES: 130.

Cómo se hace

Para cumplimentar este trámite tenés que presentar la documentación requerida (ver más abajo) en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina de ANSES más cercana a tu domicilio.

La documentación a presentar varía según se trate de un poder otorgado a Personas Físicas o a entidades bancarias.

Documentación/Requisitos


Poder otorgado a Personas Físicas

Documentación

Del titular

- DNI, LC, LE. En caso de no poseer DNI, LC, LE, deberás presentar constancia de DNI en trámite.

- Ultimo recibo de cobro.

Del representante

- DNI, LC, LE, o CI en caso de ser extranjero y no poseer DNI. En caso de no poseer DNI, LC, LE o CI deberá presentar constancia de DNI en trámite.

- Formulario PS.6.4 Carta Poder para tramitar y/o percibir, debidamente cumplimentado.

- Si es abogado o gestor, deberá estar registrado en la Base de Gestores de ANSES como abogado/gestor habilitado. Si no está registrado, deberá presentar en caso de ser abogado: Credencial habilitante; DNI original y fotocopia de la primera y segunda hoja; nota solicitando su incorporación al registro de abogados de ANSES.
Si es gestor deberá presentar DNI original y fotocopia de la primera y segunda hoja y nota solicitando su incorporación al registro de gestores de ANSES.

Requisitos para cobrar

- Ser mayor de 18 años de edad.

- El cónyuge y los parientes por consanguinidad hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el segundo grado.
Son parientes por consanguinidad las personas unidas por un vínculo de sangre, es decir que tienen al menos un ascendiente en común.
El parentesco por afinidad es el vínculo que se establece entre un cónyuge y los parientes consanguíneos del otro

- Convivientes que tengan la convivencia declarada en la base de datos de ANSES.

- Tutores y Curadores.
El curador es el representante para los actos de la vida civil de una persona declarada incapaz en razón de una disminución de sus facultades mentales.
El tutor ejerce la representación y asistencia de los menores de 18 años de edad que carecen de sus padres.

- Directores o Administradores de hospitales, sanatorios, geriátricos o establecimientos similares, de carácter público o privado, que cuenten con autorización para funcionar o de funcionarios de estos establecimientos expresamente facultados por las instituciones en las que se encuentren internados los titulares de una prestación.

- Abogados o Procuradores autorizados mediante poder ante Escribano Público.

- Cualquier persona hábil, sin parentesco con el titular de la prestación, si éste acredita, mediante certificado médico, que se encuentra imposibilitado para movilizarse. Para estos casos la duración del poder es de un año.

Requisitos para tramitar

- Ser mayor de 18 años de edad.

- El cónyuge y los parientes por consanguinidad hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el segundo grado.

- Convivientes que tengan la convivencia declarada en la base de datos de ANSES.

- Tutores y Curadores.

- Abogados o Procuradores.

- Gestores Autorizados.


Poder otorgado a entidad bancaria

El banco elegido debe completar los formularios provistos por ANSES, aceptando ser apoderado.

Luego esos formularios tendrás que presentarlos en ANSES para su aceptación y firma, devolviendo uno al banco para que asiente la oficialización.

Deberás acompañar los formularios con la siguiente documentación personal:

- DNI, LC, LE. En caso de no poseer DNI, LC, LE, deberás presentar constancia de DNI en trámite.

- Ultimo recibo de cobro.

Costo

Este trámite es gratuito.

Dónde se puede realizar

En la Unidad de Atención Integral (UDAI) o en la oficina más cercana a tu domicilio.

Podés obtener información en Delegaciones de ANSES.

Normas aplicables

Decreto Ley 17.040/66.

Recursos en línea

Para cualquier consulta online podés comunicarte en ANSES.

Para obtener tu clave hacelo en Clave de la Seguridad Social.

Si querés obtener información sobre la Delegación de ANSES más cercana a tu domicilio hacelo en Delegaciones de ANSES.


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PODER PARA COBRO JUBILACION

EN EL CASO QUE EL TITULAR NO PUEDA FIRMAR POR RAZONES DE SALUD CUAL ES EL TRAMITE A REALIZAR?

Apoderado

Hola tengo una hermana discapacitada mi mamá hera su apoderada pero fállecio cómo hago para pasar hacer la apoderada yo y curadora

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Hola si la jujilada/pensionados fallece la apoderada es fue la de la casa donde vivía?

La pregunta es si la

La pregunta es si la apoderada de la.fallecida es la fue la de la.casa donde vivía la titular?Y si ella es también la apoderada para hacer dicho trámite.

como elegir una sede para tramitar apoderado

quisera saber como puedo solicitar turno para ser apoderado de un jubilado, pero cerca del domicilio del jubilado, ya que al solicitarlo online, solo me permite elegir entre dos sedes cercanas al domicilio del apoderado.
muchas gracias

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posibilidad de designar un 2° apoderado

Ante la situación de ser mutuos apoderados con mi esposa y surge la posibilidad- transitoria por razones salud - de no poder ninguno de los dos hacer los cobros en forma habitual, se puede designar un 2° apoderado?
Gracias por su atención.

DESIGNACION SEGUNDO APODERADO POR AFINIDAD

Mi suegra (99 años) fue institucionalizada recientemente y esta con movilidad superreducida, su hija (mi esposa) es primera apoderada pero padece alzheimer, puedo registrarme como segundo apoderado?, lo hago con el formulario PS 6.4 firmado por un escribano? que otros aspectos debo tener en cuenta?

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