Orden ETD/631/2022, de 23 de junio, de autorización administrativa a Bansabadell Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, para ampliar la actividad aseguradora al ramo de decesos.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.2 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, la entidad Bansabadell Seguros Generales, SA de Seguros y Reaseguros, inscrita en el Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave C0767, ha presentado solicitud de autorización administrativa para ampliar la actividad aseguradora al ramo de decesos, ramo 19 de la clasificación prevista en el Anexo de la mencionada Ley 20/2015.

De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que la entidad Bansabadell Seguros Generales, SA de Seguros y Reaseguros ha dado cumplimiento a los requisitos previstos en el artículo 7 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para la ampliación de la actividad al citado ramo.

En consecuencia, he resuelto:

Primero.

Autorizar a la entidad Bansabadell Seguros Generales, SA de Seguros y Reaseguros, en los términos de la solicitud presentada, a operar en el ramo de decesos, ramo 19 de la clasificación prevista en el anexo de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Segundo.

Ordenar la correspondiente inscripción en el Registro administrativo previsto en el artículo 40 de la mencionada Ley 20/2015, de 14 de julio.

Tercero.

La presente orden ministerial se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 

Madrid, 23 de junio de 2022.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, P.D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre), el Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Sergio Alvarez Camiña.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 161 del Miércoles 6 de Julio de 2022. Otras disposiciones, Ministerio De Asuntos Económicos Y Transformación Digital.

Otras ediciones del BOE

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30

Ultima edición del BOE

Ultima edición del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...