Quiero saber acerca de...
- España
Advertidos errores en la Ley 36/1988, de 5 de diciembre, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 293, de 7 de diciembre, a continuación se indican las oportunas rectificaciones:
Artículo 11, párrafo 1.° donde dice: «..., siempre que la parte a quien interese lo invoque inmediatamente a la oportuna excepción», debe decir «..., siempre que la parte a quien interese lo invoque mediante la oportuna excepción».
Artículo 44, donde dice: «Los Jueces de Primera Instancia rechazarán fundamentalmente la práctica de pruebas contrarias a las leyes, sin que contra sus resoluciones quepa recurso alguno», debe decir «Los Jueces de Primera Instancia rechazarán fundadamente ...».
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 185 del Viernes 4 de Agosto de 1989. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.