Corrección de errores de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las Entidades de Crédito.

Advertidos errores en la Ley 26/1988, de 29 de julio, inserta en el «Boletín Oficial del Estado», número 182, de 30 de julio, a continuación se indican las oportunas rectificaciones:

En la página 23525, exposición de motivos, párrafo 4.°, décima línea, donde dice: «se acepta el princpio», debe decir «se acepta el principio».

En el mismo párrafo anterior, decimotercera línea, donde dice: «para evitar un anticipación», debe decir «para evitar una anticipación».

Página 23527, columna segunda, artículo 22, segunda línea, donde dice: «podrán nombrarse intructores», debe decir «podrán nombrarse instructores».

Página 23528, columna primera, artículo 28. 2. a.), segunda línea, donde dice: «apartado 4.º, del artículo debe decir «apartado l.° del artículo 1.°».

Página 23528, columna primera, artículo 29, quinta línea, donde dice: «continuarán utilizándolas o realizándolas», debe decir «continuaran utilizándolas o realizándolas».

Página 23528, columna segunda, artículo 36.1., tercera línea, donde dice: «respecto de los actos acuerdos», debe decir «respecto de los actos o acuerdos».

Página 23529, columna segunda, artículo 42. 2, donde dice: «y en las letras f), g), h), j), y o), del artículo 5.°», debe decir «y en las letras g), h), i), k), y p), del artículo 5.°».

Página 23531, columna segunda, disposición adicional primera. Tercero. número 3, segundo párrafo, donde dice: «que tal trámite originara», debe decir «que tal trámite originaria».

Página 23531, columna segunda, disposiciór, adicional primera. Quinto, en la primera línea, donde dice: «el régimen de precripción», debe decir «el régimen de prescripción» y en la segunda línea, donde dice: «Ley sobre Disciplinas e Intervención», debe decir «Ley sobre Disciplina e Intervención».

Página 23532, columna segunda, disposición adicional séptima. punto 8.°, primera línea, donde dice: «tendrá como objeto social», debe decir «tendrán como objeto social».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 185 del Viernes 4 de Agosto de 1989. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.

Materias

  • Banca
  • Cajas de Ahorro
  • Comunidades Autónomas
  • Control de cambios
  • Crédito Oficial
  • Dirección General de Seguros
  • Empresas de arrendamiento financiero
  • Entidades de financiación
  • Hipoteca
  • Instituto de Crédito Oficial
  • Inversiones
  • Ministerio de Economía y Hacienda
  • Seguros
  • Sistema tributario
  • Sociedades de Garantía Reciproca

Ultima edición del BORME

Otras ediciones del BOE

<<<Mayo 2024>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031

Ultima edición del BOE

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...