Corrección de erratas de la Ley 4/1983, de 29 de junio, de fijación de la jornada máxima legal en cuarenta horas y de las vacaciones anuales mínimas en treinta días.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 175 del Sábado 23 de Julio de 1983. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.