Periódico Oficial de Puebla del día 30/10/2023 - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Lunes 30 de octubre de 2023

5. En el caso de renovar residuos denominados Lodos de plantas de tratamiento PTAR, deberá presentar copia simple legible del Resultado del Análisis de Lodos y Biosólidos, de acuerdo a la NOM-004-SEMARNAT-2002.
6. Presentar copia simple legible del resultado del análisis CRIT de los Lodos de plantas de tratamiento, de acuerdo con las características del proceso o actividad de la empresa de acuerdo con la NOM-052-SEMARNAT-2005.
Mismos que podrá consultar en la página:
https ventanilladigital.puebla.gob.mx/web/fichaAsunto.do?opcion=0&asas_ide_asu=1808&ruta=/web/asuntos MasUsuales.do?opcion=0!periodo=0

CAPÍTULO IV
CRITERIOS DE SELECCIÓN
ARTÍCULO 7. Para ser beneficiario del otorgamiento de los estímulos fiscales, las personas físicas y jurídicas interesadas deberán acreditar que cumple con los siguientes criterios de selección:
A El solicitante dentro del planteamiento del plan de manejo de residuos de manejo especial, deberá demostrar prescindir, o en su caso, reducir el empleo de plásticos como insumos en sus procesos productivos, dicha acción de reducción deberá verse evidenciada en el formato oficial de solicitud de autorización o renovación de resolución de plan de manejo ingresado, actuación que contrastará en los diferentes apartados del expediente como insumos para la producción, diagramas de flujo de su proceso, diagnóstico, estrategias y metas de minimización, etc.
B Pertenecer al sector industrial.
ARTÍCULO 8. No se otorgarán los estímulos fiscales cuando:
A El solicitante no mencione las presentes Reglas dentro del planteamiento de plan de manejo de residuos de manejo especial.
B El solicitante no demuestre la reducción o eliminación de insumos plásticos en sus procesos productivos.

CAPÍTULO V
MECÁNICA OPERATIVA
ARTÍCULO 9. La DGR sustanciará y evaluará las solicitudes ingresadas en la ventanilla de conformidad con la normatividad aplicable y las siguientes consideraciones;
I. Cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 7 de las presentes Reglas.
II. Evaluación de la documentación presentada en función de los criterios de selección contenidos en el artículo 8
de las presentes Reglas.
ARTÍCULO 10. Una vez sustanciada y evaluada la solicitud, en caso de cumplir con los requisitos establecidos en las presentes Reglas, la SGASE, de conformidad con la normatividad aplicable, podrá autorizar la evaluación o en su caso la renovación.
ARTÍCULO 11. Una vez sustanciada y evaluada la solicitud y en caso de no cumplir con los requisitos y criterios de selección establecidos en las presentes Reglas para el otorgamiento de los estímulos, la DGR, emitirá un oficio, conforme a las leyes aplicables, mediante el cual se hará del conocimiento a la persona física o jurídica interesada; asimismo, se le informará que para obtener la resolución del plan de manejo de residuos de manejo especial por parte de esta Secretaría, deberá realizar el pago de derechos según sea el caso, de conformidad con la Ley de Ingresos del Estado de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2023, y presentar ante la ventanilla receptora el comprobante, en un plazo no mayor a 10 días hábiles.

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Periódico Oficial de Puebla del día 30/10/2023 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date30/10/2023

Page count7

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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