Periódico Oficial de Puebla del día 20/06/2023 - Tercera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

4

Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Martes 20 de junio de 2023

BASES PARA LLEVAR A CABO LA LIQUIDACIÓN DEL OTRORA PARTIDO COMPROMISO
POR PUEBLA
PRIMERA. OBSERVANCIA. Para el procedimiento de liquidación del otrora Partido Compromiso por Puebla se deberá observar lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, la Ley General de Partidos Políticos, el Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, el Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, el Reglamento para la liquidación de los partidos políticos locales que pierdan su registro ante el Instituto Electoral del Estado, las Reglas Generales aplicables al procedimiento de liquidación de los partidos políticos nacionales que no obtuvieron el porcentaje mínimo de la votación establecido en la ley para conservar su registro emitidas mediante el Acuerdo INE/CG1260/2018, así como los demás ordenamientos relativos y aplicables a las liquidaciones de partidos políticos nacionales y locales.
SEGUNDA. PATRIMONIO. En términos del artículo 396 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral y 58 del Reglamento para la liquidación de los partidos políticos que pierdan su registro ante el Instituto Electoral del Estado, de existir un remanente después de haber cubierto a sus acreedores en la prelación que más adelante se indica, será destinado a la Tesorería de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado de Puebla.
En el caso de que el remanente del patrimonio no sea suficiente para cubrir íntegramente las obligaciones contraídas por el Comité Ejecutivo Estatal del otrora Partido Compromiso por Puebla, sólo se cubrirán las obligaciones contraídas hasta donde alcance el patrimonio, en la graduación y prelación señalada más adelante.
En este sentido, se establece que el interventor recibe como patrimonio en afectación el del otrora Partido Compromiso por Puebla, en función del ejercicio de sus facultades y obligaciones, reservándolos al fin específico de emplearlos y destinarlos a la liquidación de las obligaciones que quedaron pendientes ante la pérdida de la personalidad jurídica del otrora partido político en referencia, por lo que resultan autónomos de su patrimonio propio, el cual es inafectable para la consecución de sus funciones y obligaciones.
TERCERA. ALCANCE. El suscrito Interventor llevará a cabo el procedimiento de liquidación del otrora Partido Compromiso por Puebla conforme a lo establecido en el Reglamento para la liquidación de los partidos políticos locales que pierdan su registro ante el Instituto Electoral del Estado, que regula las etapas del procedimiento, las atribuciones y obligaciones de las partes, el cumplimiento de las obligaciones a cargo del otrora partido político y en caso de existir remanentes de su patrimonio, su entrega a la Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado de Puebla, entre otros.
CUARTA. ORDEN Y PRELACIÓN DE LOS CRÉDITOS. El Interventor cubrirá las obligaciones reconocidas con los acreedores del otrora Partido Compromiso por Puebla, conforme al orden y prelación siguiente:
1 Las obligaciones que la ley determina en protección y beneficio de los trabajadores del partido político en liquidación;
2 Realizado lo anterior, deberán cubrirse las obligaciones fiscales que correspondan;
3 Cubiertas estas obligaciones, se deberán cubrir los créditos fiscales federales;
4 Después de lo anterior, deberán ser cubiertos los créditos fiscales con el Estado de Puebla;
5 Posterior a esto, se pagarán las sanciones administrativas definitivas y firmes de carácter económico impuestas por el Instituto Nacional Electoral;
6 Si una vez cumplidas las obligaciones anteriores quedasen recursos disponibles, se atenderán otros compromisos contraídos y debidamente documentados con proveedores y acreedores, aplicando en lo conducente las leyes correspondientes.

About this edition

Periódico Oficial de Puebla del día 20/06/2023 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date20/06/2023

Page count7

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2023>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930