Periódico Oficial de Puebla del día 06/03/2023 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Lunes 6 de marzo de 2023

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
19

IV. Empadronamiento de semovientes, de la población de las zonas afectadas;
V. Coordinación de los servicios asistenciales;
VI. La clausura o aislamiento temporal, parcial o total del área afectada;
VII. El aseguramiento e inmovilización de los bienes muebles que infrinjan las normas de seguridad previstas en este Reglamento, la Ley y su Reglamento;
VIII. La demolición de construcciones;
IX. El retiro de instalaciones que no cumplan con las normas establecidas en este Reglamento y demás normas aplicables;
X. La suspensión de trabajos o servicios que afecten a la población o al medio ambiente;
XI. El aseguramiento y destrucción de objetos, productos, sustancias peligrosas y los diversos tipos de agentes que pudieran provocar algún daño o peligro, de conformidad con la normatividad aplicable;
XII. La desocupación, evacuación o cierre de casas, edificios, escuelas, zonas industriales y comerciales, establecimientos de bienes o servicios y cualquier predio, por sus condiciones que presenta estructuralmente y que pueden provocar daños a los ocupantes, usuarios, transeúntes y/o vecinos;
XIII. La prohibición temporal de actos de utilización, producción, explotación, creación comercialización, esparcimiento y otros consideren necesarios para prevenir y controlar situaciones de emergencia, y XIV. Las demás que en materia de Protección Civil determinen las autoridades Federales y del Estado, tendientes a evitar nuevos riesgos o afectaciones.
ARTÍCULO 56. El pago de las sanciones económicas se realizará en la Tesorería Municipal.
ARTÍCULO 57. Las multas que se impongan en términos de este Reglamento y que no sean cubiertas dentro de los plazos establecidos, se constituirán en créditos fiscales a favor del erario municipal y se harán efectivas por las autoridades municipales mediante el procedimiento administrativo de ejecución que establece el Código Fiscal Municipal del Estado Libre y Soberano de Puebla.
ARTÍCULO 58. Los servidores públicos municipales que por sus actos u omisiones contravengan las disposiciones de este Reglamento, serán sancionados en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla y demás ordenamientos aplicables.
ARTÍCULO 59. Para los efectos de violaciones a este Reglamento, serán solidariamente responsables:
I. Quienes ejecuten, ordenen o favorezcan las acciones u omisiones constitutivas de la infracción, y II. Los servidores y empleados públicos que intervengan o faciliten la comisión de la infracción.

CAPÍTULO X
DE LAS NOTIFICACIONES
ARTÍCULO 60. La notificación de las resoluciones administrativas, emitidas por las autoridades del Municipio en términos del Reglamento, será de carácter personal.

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Periódico Oficial de Puebla del día 06/03/2023 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date06/03/2023

Page count20

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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