Periódico Oficial de Puebla del día 31/05/2021 - Tercera Sección
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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección
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Tercera Sección
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De la fuga NO.
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Periódico Oficial del Estado de Puebla
A los permisionarios que presten el servicio de arrastre y salvamento de vehículos que no se sujeten a las tarifas y reglas de aplicación expedidas por la autoridad competente.
A los operadores de guras quien no realice la memoria descriptiva del servicio, así como el inventario del vehículo correspondiente Por no respetar el rol establecido entre dos o más permisionarios que presten el servicio de arrastre y salvamento de vehículos dentro de la jurisdicción municipal.
A los permisionarios que presten el servicio de depósito de vehículos y liberen vehículos a los propietarios sin contar con el oficio de liberación emitido por la Dirección o Dependencia correspondiente.
INFRACCIÓN
El conductor que produzca o sufra algún accidente de tránsito, está obligado a detenerse inmediatamente y no separarse del lugar bajo ninguna circunstancia, hasta que hayan intervenido las autoridades competentes, así como personal de la dirección, así mismo si hubiere algún lesionado las personas involucradas deberán solicitar auxilio.
Lunes 31 de mayo de 2021
Artículo 85
Fracción XII Y 97
Multa de 12 veces de UMA
Artículo 86
fracciones I y II
Multa de 12 veces de UMA
Artículo 90
Multa de 8
veces de UMA
Artículo 94 y 95
Multa de 30 veces de UMA
ARTÍCULO
SANCIÓN
Artículo 99
Multa de 40 veces de UMA
En consecuencia, sometemos a la consideración de este Cuerpo Edilicio, para su discusión y aprobación, el siguiente:
DICTAMEN
ÚNICO. Se reforman y adicionan los artículos: 13 se adiciona fracción XIII, 14 se modifica, 15 se modifica las Fracciones II, III, IV, V, VI, VII, y se derogan las fracciones VIII y IX, 16 se modifica y se derogan las fracciones I a la VII, el Capítulo Tercero se modifica su denominación, 17 se modifica, 19 se deroga, 26 se adiciona la fracción XIII y XIV, 74 se modifica en su fracción XVI y el artículo 122 se modifican las sanciones máximas para quedar en las mínimas del apartado de Tabulador de infracciones del Reglamento de seguridad vial, tránsito y movilidad para el Municipio de Zacatlán.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Dictamen entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Dictamen.
TERCERO. Se instruye al Secretario del Ayuntamiento para que realice las gestiones necesarias ante la Secretaría de Gobernación del Estado de Puebla, para la publicación del presente Dictamen por una sola ocasión en el Periódico Oficial del Estado.
Dado en el Salón de Cabildos del H. Ayuntamiento de Zacatlán, Puebla, al primer día del mes de agosto de dos mil diecinueve. Los Integrantes de la Comisión Permanente. El Presidente Municipal. C. LUIS MÁRQUEZ LECONA. Los Integrantes de la Comisión Permanente. Regidores: C. JOSÉ DE LA LUZ ARGUETA CANALES. C. MARGARITA
RIVERA BARRANCO. C. IVONNE MENESES HERNÁNDEZ. C. EMILIO GERMÁN MORALES ZAMORA.
C. JOSEFINA HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ. C. JUAN FRANCISCO GONZÁLEZ ÁLVAREZ. C. JAQUELÍN
LASTIRI BARRIOS. C. VICTOR OLVERA PÉREZ. C. MARÍA DEL CARMEN OLVERA TREJO. Rúbricas.
N.R.246454431