Periódico Oficial de Puebla del día 15/04/2021 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Jueves 15 de abril de 2021

XII. Realizar notificaciones a las partes, personalmente, por oficio o por estrados, de las resoluciones que dicte en ejercicio de sus atribuciones;
XIII. Informar al Titular del órgano interno de contralor los hechos o conductas de los servidores públicos y particulares que puedan constituir presuntas faltas administrativas, de las que tenga conocimiento en el ejercicio de sus facultades, diversas a las que esté investigando;
XIV. Informar inmediatamente al Contralor cuando, en el desarrollo de atribuciones, tenga conocimiento de conductas que puedan constituir algún delito;
XV. Rendir un informe mensual de actividades al Contralor, dentro de los primeros tres días hábiles de cada mes, y XVI. Las demás que le sean conferidas mediante normas legales y reglamentarias, así como las que le encomiende el Contralor.
De la Unidad Substanciadora y Resolutora ARTÍCULO 22. La Unidad Substanciadora y Resolutora es el órgano encargado de la substanciación y resolución de los procedimientos de responsabilidad administrativa instaurados contra los servidores públicos del Municipio y particulares, con motivo de probables faltas administrativas calificadas como no graves, en los términos de la legislación aplicable.
ARTÍCULO 23. Al frente de la Unidad Substanciadora y Resolutora habrá un Titular, el cual para su designación deberá cubrir por lo menos los mismos requisitos exigidos para el Contralor.
ARTÍCULO 24. El Titular de la Unidad Substanciadora y Resolutora tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
I. Admitir el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa;
II. Substanciar y resolver los procedimientos de responsabilidad administrativa de los servidores públicos del Municipio, relativos a faltas administrativas no graves, conforme a la legislación aplicable;
III. Requerir toda información y documentación a las demás áreas del Municipio y a cualquier persona física o moral, pública o privada, para la debida substanciación de los procedimientos de responsabilidad administrativa de su competencia;
IV. Realizar notificaciones a las partes, personalmente, por oficio o por estrados, de las resoluciones que dicte en ejercicio de sus atribuciones;
V. Proveer a la ejecución de las sanciones impuestas a los servidores públicos del Municipio y particulares mediante resolución dictada en el procedimiento de responsabilidad administrativa;
VI. Hacer uso de las medidas que señale la legislación aplicable para hacer cumplir las determinaciones que dicte en la substanciación de presuntas faltas administrativas no graves cometidas por los servidores públicos del Municipio y particulares;

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Periódico Oficial de Puebla del día 15/04/2021 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date15/04/2021

Page count14

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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