Periódico Oficial de Puebla del día 13/04/2021 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Martes 13 de abril de 2021

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
3

GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE
ACUERDO de la Secretaría de Movilidad y Transporte del Gobierno del Estado, por el que decreta el abandono en favor del Gobierno del Estado de Puebla, de los vehículos depositados con más de cinco años en los corralones de Agua Santa y San Miguel, a cargo de la Secretaría de Movilidad y Transporte del Gobierno del Estado de Puebla.
Al margen el logotipo oficial de la Secretaría y una leyenda que dice: Secretaría de Movilidad y Transporte.
Gobierno de Puebla.
LORENA RUBÍ MEZA LÓPEZ, Encargada de Despacho de la Secretaría de Movilidad y Transporte del Gobierno del Estado de Puebla, y Que dentro de las prioridades previstas en el Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024, establece en su eje especial gobierno democrático, innovador y transparente, el objetivo de contribuir a un gobierno abierto que garantice el combate a la corrupción y la eficiencia en la gestión gubernamental, así como instrumentar un modelo de gobierno transparente e innovador en beneficio de la ciudadanía para incrementar la eficiencia gubernamental y, en específico, en su estrategia transversal cuidado ambiental y atención al cambio climático que busca fomentar una cultura institucional e innovadora para el desarrollo sostenible a través de la implementación de mejores prácticas y la instrumentación de sistemas de administración ambiental para reducir la huella ecológica en las edificaciones de la Administración Pública Estatal.
Asimismo, en su eje de desarrollo económico, establece la estrategia trasversal y líneas de acción correspondientes al fomento de prácticas sostenibles de prevención de riesgos y adaptación al cambio climático en las actividades económicas, así como a la protección de los ecosistemas para el desarrollo sostenible y el establecimiento de mejores prácticas en los procesos para reducir los contaminantes al medio ambiente.
Que la acumulación de los vehículos abandonados en los depósitos de vehículos, con el paso del tiempo, generan acumulación de desecho ferroso, así como otro tipo de desechos como lo son aceites y líquidos generados por los vehículos automotores resguardados.
Que las malas condiciones en que se encuentran la mayoría de los vehículos abandonados, bajo guardia y custodia de los depósitos de vehículos a cargo de la Secretaría de Movilidad y Transporte, por los cuales ha transcurrido un lapso considerable de tiempo desde el momento en que fueron remitidos por una autoridad estatal, ocasiona que no sean retirados o reclamados por sus propietarios o legítimos poseedores, aunado a la falta del pago correspondiente por los servicios correspondientes.
Por lo que es necesaria la implementación de un procedimiento a fin de darles destino final a estos bienes, problemática que ha ocasionado la exposición a riesgos ecológicos y de salud, situaciones de orden público e interés social, que requieren de atención inmediata, por lo que desincorporar el desecho ferroso mixto contaminado resulta necesario para la solución de la problemática que se presenta en los depósitos vehiculares a cargo de esta Dependencia.
Que el artículo 37 del Reglamento de la Ley del Transporte en materia de Servicios Auxiliares de Arrastre, Arrastre y Salvamento, y Depósitos de Vehículos, establece que los vehículos respecto de los cuales el interesado o representante legal no manifiesten lo que a su derecho convenga, causarán abandono en favor del Gobierno del Estado, y el diverso 39 de dicho ordenamiento legal dispone que la Secretaría publicará el listado de los vehículos que hayan iniciado el proceso de abandono.
Por lo que en estricto respeto a los derechos de seguridad, legalidad y certidumbre de los gobernados, con fundamento en los artículos 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 13 tercer párrafo, 30, 31 fracción XI, 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 2, 3, 4 fracción II inciso a, 6 fracciones I, VIII, XXVI, 140 y Segundo Transitorio de la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Puebla; Capítulo Sexto del Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla, de aplicación supletoria a la Ley del Transporte, 37, 39 y Sexto Transitorio del Reglamento de la Ley del Transporte en materia de Servicios Auxiliares de Arrastre, Arrastre y Salvamento, y Depósito de Vehículos, así como 1, 5 fracción I y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Movilidad y Transporte, se emite el siguiente:

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Periódico Oficial de Puebla del día 13/04/2021 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date13/04/2021

Page count5

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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