Periódico Oficial de Puebla del día 04/01/2021 - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Lunes 4 de enero de 2021

GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA
ACUERDO del Tesorero del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, de fecha 15 de diciembre de 2020, por el que otorga a todos los contribuyentes estímulo fiscal consistente en la reducción del 50% en el pago de multas de los Ejercicios Fiscales 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, emitidas por la Secretaría de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos.
Al margen un sello con el logotipo oficial del Municipio y una leyenda que dice: Puebla. Ciudad Incluyente.
2018-2021. Tesorería Municipal. Oficina del Tesorero. O/93/TM/OTMU/C.
ARMANDO MORALES APARICIO, EN MI CARÁCTER DE TESORERO MUNICIPAL DEL
HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CON FUNDAMENTO EN LOS
ARTÍCULOS 115 FRACCIONES II Y IV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS; 102, 103 Y 110 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
PUEBLA; 3, 78 FRACCIONES I, IV, XVIII Y LXVII, 79, 80, 84, 140, 141, 163 Y 166 FRACCIONES I, II, III Y
IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 26 FRACCIÓN IV, 50 FRACCIÓN I, 52 BIS, 53, 163, 164, 166 Y
167, 169 DEL CÓDIGO FISCAL Y PRESUPUESTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA; 1, 377, 382, 439
Y 451 DEL CÓDIGO REGLAMENTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA; 5 FRACCIONES I Y II, 9
FRACCIONES XII, XVI Y LI, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA TESORERÍA MUNICIPAL DEL
HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; EJE 5 Y PROGRAMA 25 DEL PLAN
MUNICIPAL DE DESARROLLO 2018-2021, PROCEDO A EMITIR EL SIGUIENTE ACUERDO POR EL QUE
SE APRUEBAN REDUCCIONES EN EL PAGO POR CONCEPTOS DE MULTAS EMITIDAS POR
PROTECCIÓN CIVIL DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, ESTÍMULOS QUE SE ENCUENTRA DENTRO DEL
PROGRAMA DE ESTÍMULOS FISCALES PARA LA REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA EN EL
MUNICIPIO DE PUEBLA, DE ACUERDO A LOS SIGUIENTES:

CONSIDERANDOS
I. Que, el artículo 115 en su fracción II y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que el Municipio está investido de personalidad jurídica y manejará su patrimonio conforme a la ley;
además tendrá facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal; así mismo dispone que los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor.
II. Que, los artículos 102 y 103 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla establece que el Municipio libre constituye la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado; cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de Regidores y Síndicos que la ley determine.
Además, las atribuciones que la Constitución local otorga al Gobierno Municipal se ejercerán por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna, entre éste y el Gobierno del Estado; de igual forma determina que los Municipios tienen personalidad jurídica, patrimonio propio que los Ayuntamientos manejarán conforme a la Ley, y administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que la legislatura del Estado establezca a favor de aquéllos; asimismo dispone que los recursos que integran la hacienda municipal serán ejercidos en forma directa por los Ayuntamientos, o bien, por quienes ellos autoricen, conforme a la ley.
III. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 110 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, la Hacienda Pública se formará con el producto de las contribuciones, impuestos, derechos, productos, aprovechamientos y participaciones que determinen las leyes fiscales.

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Periódico Oficial de Puebla del día 04/01/2021 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date04/01/2021

Page count7

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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