Periódico Oficial de Puebla del día 24/09/2020 - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Jueves 24 de septiembre de 2020

GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SALUD
ACUERDO del Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado, por el que delegan en el Titular o Encargado de Despacho de la Coordinación de Planeación y Evaluación, y en el Titular o Encargado de Despacho de la Dirección de Operación de Obra, Bienes, Servicios Generales y Procesos de Gestión, ambos del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, de manera conjunta o separada, las facultades necesarias para suscribir bajo su más estricta responsabilidad los asuntos que se señalan en el presente Acuerdo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Salud. Servicios de Salud del Estado de Puebla. Dirección de Asuntos Jurídicos.

CONSIDERANDO
Que el párrafo primero del artículo 13 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, establece que cada Dependencia o Entidad tendrá al frente un Titular, quien se auxiliará para el despacho de los asuntos de su competencia de los servidores públicos previstos en las disposiciones reglamentarias correspondientes.
Que el párrafo primero del artículo 15 de dicho cuerpo normativo determina que los Titulares de las Dependencias y Entidades, ejercerán sus funciones y dictarán las resoluciones que les competen, pudiendo delegar a sus subalternos cualesquiera de sus facultades para resolver asuntos, salvo aquellas que la Constitución Política del Estado, las leyes, reglamentos y decretos dispongan que deban ser ejercidas por ellos mismos.
Que el artículo 5 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla, estipula que las Entidades Paraestatales gozarán de autonomía de gestión, para el cabal cumplimiento de los objetivos y metas señaladas en sus programas. Al efecto, contarán con una administración ágil y eficiente.
Que el artículo 18 de la citada Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla, instaura para el caso de cada Organismo Público Descentralizado, que el Director General para el eficaz cumplimiento de sus atribuciones, se auxiliará de los servidores públicos que requiera y conforme al presupuesto autorizado.
Que el segundo párrafo del artículo 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud dispone que para planear, establecer, conducir y coordinar la prestación de los servicios de salud, se auxiliará directamente por el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla.
Que el artículo 9 del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, establece que al frente del Organismo habrá un Director General a quien corresponde la representación, el trámite y resolución de los asuntos de competencia de aquél, quien para la mejor atención y desarrollo de sus atribuciones podrá conferir su desempeño a los servidores públicos subalternos, excepto aquellas que por disposición legal, reglamentaria o por acuerdo de la Junta de Gobierno deban ser ejecutados directamente por aquél.
Que el artículo 10 del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, establece que el Director General podrá autorizar por escrito a los servidores públicos subalternos para que realicen actos y suscriban documentos, que formen parte del ejercicio de sus facultades delegables.
Que el artículo 11, fracción XIII del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, dispone que el Director General tiene la facultad de instruir en los casos que proceda y conforme a las disposiciones aplicables en la materia, la adjudicación, contratación y/o ejecución de obra pública y servicios relacionados con la misma, así como la adjudicación y contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios.
Que el artículo 15, fracción XXI del citado Reglamento Interior, faculta a las Coordinaciones de este Organismo a intervenir en la suscripción de los documentos relativos al ejercicio de sus facultades y aquellas que les sean señaladas por delegación.

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Periódico Oficial de Puebla del día 24/09/2020 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date24/09/2020

Page count4

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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