Periódico Oficial de Puebla del día 17/09/2020 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Jueves 17 de septiembre de 2020

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
3

En virtud de lo anterior y a fin de dar cabal cumplimiento a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla y al Reglamento Interior de la Secretaría de Igualdad Sustantiva, en concordancia con el artículo 108 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, resulta necesario delegar determinadas funciones y atribuciones a la persona Titular de la Dirección de Administración.
Que, por las razones expuestas, de conformidad y en términos de lo dispuesto por los artículos 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 3, 15, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 1, 3 fracciones IV y V, 5 fracciones I y VIII, 7, 11, 28 y 36 del Reglamento Interior de la Secretaría de Igualdad Sustantiva, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO
PRIMERO. Se delega a la persona Titular de la Dirección de Administración, las facultades de los artículos 30 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla y 11
fracciones IV XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXV y XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Igualdad Sustantiva.
SEGUNDO. Se autoriza a la persona Titular de la Dirección de Administración, la ejecución de las fracciones conducentes, que se refieren en el último párrafo del artículo 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Igualdad Sustantiva, conforme a lo dispuesto por el artículo 36 del mencionado ordenamiento normativo.
TERCERO. Las facultades que se delegan en el presente Acuerdo, se entenderán sin perjuicio de su ejercicio directo por la persona Titular de la Secretaría de Igualdad Sustantiva.
CUARTO. La persona Titular de la Dirección de Administración deberá ejercer las facultades y atribuciones delegadas, con estricto apego a las disposiciones aplicables, debiendo salvaguardar, en todo momento y bajo su estricta responsabilidad, la legalidad y la seguridad jurídica de sus actos e informar a la persona Titular de la Secretaría de Igualdad Sustantiva.

TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado y entrará en vigor el día de su publicación.
El presente Acuerdo estará vigente hasta que se emita otro que lo deje sin efectos.
SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones de la misma naturaleza que se opongan al presente Acuerdo Dado en la Sede de la Secretaría de Igualdad Sustantiva, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil veinte. La Secretaria de Igualdad Sustantiva. C. MÓNICA
AUGUSTA DÍAZ DE RIVERA ÁLVAREZ.Rúbrica.

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Periódico Oficial de Puebla del día 17/09/2020 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date17/09/2020

Page count3

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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