Periódico Oficial de Puebla del día 14/05/2020 - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Jueves 14 de mayo de 2020

GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS
ACUERDO de la Secretaria de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado, por el que define y da a conocer la Circunscripción Territorial de las Oficinas Recaudadoras y de Orientación y Asistencia al Contribuyente, las Administraciones de Recaudación del Estado de Puebla y las Oficinas Registrales y Delegaciones Catastrales del Estado de Puebla.
Al margen el logotipo oficial de la Secretaría, con una leyenda que dice: Secretaría de Planeación y Finanzas.
Gobierno de Puebla.
MARÍA TERESA CASTRO CORRO, Secretaria de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Puebla, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Estatal de Desarrollo, 2019-2024, publicado el veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve en el Periódico Oficial del Estado, a través de su Eje Especial denominado Gobierno Democrático, Innovador y Transparente busca dotar de herramientas a las Instituciones de la Administración Pública para un correcto actuar, siendo efectivos y democráticos, en donde se propicie la participación ciudadana y se impidan los actos de corrupción; así como impulsar un gobierno moderno.
Que para el mejor ejercicio de las facultades que tiene conferidas la Secretaría de Planeación y Finanzas en materia de ingresos, en el artículo 5, primer párrafo, fracción II de su Reglamento Interior, publicado en el Periódico Oficial del Estado el doce de febrero de dos mil veinte, establece la estructura orgánica de la Subsecretaría de Ingresos, misma que tiene a su cargo unidades administrativas con facultades y funciones encaminadas no solo a la atención, prestación de servicios y cumplimiento espontáneo de las obligaciones fiscales, sino también a la vigilancia del cumplimiento de obligaciones fiscales y la cobranza coactiva de los créditos fiscales en materia de contribuciones, productos y aprovechamientos de los adeudos que tiene derecho a percibir el Estado.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 11, primer párrafo, fracción XXXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas, la persona Titular de esta Dependencia, tiene facultades para establecer, reubicar, adscribir o suprimir las Oficinas Registrales y/o Catastrales del Estado, las Oficinas de Licencias, las Oficinas Recaudadoras y de Orientación y Asistencia al Contribuyente, y de las Administraciones de Recaudación, así como emitir el Acuerdo para definir su circunscripción territorial, en los casos que proceda.
Que el 31 de agosto de 2018, se publicó en el Periódico Oficial del Estado, el Acuerdo del Secretario de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado, por el que define y da a conocer la Circunscripción Territorial de las Oficinas Recaudadoras y de Asistencia al Contribuyente, Administraciones de Recaudación, Oficinas Registrales y Delegaciones Catastrales del Estado de Puebla, mismo que tiene por objeto definir y dar a conocer la circunscripción territorial de las Oficinas Recaudadoras y de Asistencia al Contribuyente, Administraciones de Recaudación, Oficinas Registrales y Delegaciones Catastrales, todas adscritas a la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, con el fin de delimitar el área geográfica en la que dichas autoridades fiscales, registrales y catastrales en esta Entidad Federativa, pueden ejercer las atribuciones conferidas en los ordenamientos jurídicos aplicables.
Que al definir la circunscripción territorial de las autoridades fiscales en el Estado, en la que ejercerán las facultades y funciones que les confieren las leyes, reglamentos, convenios, normatividad, lineamientos y demás disposiciones aplicables, en las diferentes materias de su competencia, se cumple con los principios de publicidad, certeza y seguridad jurídica a los ciudadanos.
Que el Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas, en su artículo 31, fracciones II y III, otorga facultades a las Administraciones de Recaudación, a fin de que ejerzan los actos de notificación y aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución, para hacer efectivos los créditos fiscales a cargo de los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados a favor del Estado, con el propósito de que se concentre en una sola autoridad el ejercicio de dichas funciones, existiendo mejores y mayores controles y en general una adecuada administración de la cartera de créditos fiscales.

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Periódico Oficial de Puebla del día 14/05/2020 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date14/05/2020

Page count8

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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