Periódico Oficial de Puebla del día 12/08/2019 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Lunes 12 de agosto de 2019

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
27

párrafo y cuarto del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, en materia de Combate a la Corrupción, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el cuatro de noviembre de dos mil dieciséis; y, su Nota Aclaratoria publicada en el mismo medio con fecha diez del mismo mes y año; 3, fracción I, 73 y 74 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; 1, 15, 18, 20, 102, 108, 109, 134, 135, 147, 151, 152 y 191 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Libre y Soberano de Puebla; 1, 90, 91, 104, 120, fracción II, 145 y 148 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; segundo y tercero transitorios del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y al Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado el quince de abril de dos mil trece en el Periódico Oficial del Estado de Puebla; disposiciones aplicables conforme al artículo segundo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se deroga diversas disposiciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, publicado en el periódico oficial del Estado, el viernes veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete, EL SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA: ----------------------------------------------------------------------

DECRETA
PRIMERO.- Se admite el Recurso de Revocación presentado por el C. Raymundo Olvera Muñoz, quien fungiera como Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Ahuazotepec, Puebla, administración 2008-2011, por el periodo fiscalizado comprendido del uno de enero al catorce de febrero de dos mil once; en contra del Decreto que contiene la Resolución dictada por el Honorable Quincuagésimo Noveno Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, de fecha treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, emitida dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades identificado con el número P.A. 24/2013, de los de la Dirección Jurídica de Substanciación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------SEGUNDO.- Se admiten las pruebas ofrecidas por el recurrente descritas en el Considerando II del presente, mismas que por su naturaleza se tendrán por desahogadas en los términos propuestos en el Considerando V del presente y deberán valorarse en el momento procesal oportuno conforme a derecho haya lugar; por último, respecto a la suspensión de la ejecución del acto recurrido, esta autoridad no se pronuncia respecto a ello, por las razones expuestas en el Considerando VI de este Decreto. ------------------------------------------------------------------------------TERCERO.- Se autoriza a la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que por conducto del área correspondiente de esta última, substancie el Recurso de Revocación de mérito. -----------CUARTO.- Remítase el presente Decreto a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que por conducto del área correspondiente, notifique al recurrente para los efectos legales a que haya lugar. -------------------------------EL GOBERNADOR INTERINO hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los tres días del mes de julio de dos mil diecinueve.
Diputada Presidenta. MARÍA DEL CARMEN CABRERA CAMACHO. Rúbrica. Diputado Vicepresidente.
FERNANDO SÁNCHEZ SASIA. Rúbrica. Diputada Secretaria. TONANTZIN FERNÁNDEZ DÍAZ. Rúbrica.
Diputada Secretaria. JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los cinco días del mes de julio de dos mil diecinueve. El Gobernador Interino del Estado Libre y Soberano de Puebla. C. GUILLERMO PACHECO PULIDO. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno. C. FERNANDO LUIS MANZANILLA PRIETO. Rúbrica.

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Periódico Oficial de Puebla del día 12/08/2019 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date12/08/2019

Page count26

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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