Periódico Oficial de Puebla del día 10/12/2018 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Lunes 10 de diciembre de 2018

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
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que se le imputaron, por lo que se determina Revocar las sanciones administrativas contenidas en el Decreto de veintiocho de octubre de dos mil quince acto recurrido y en su lugar determinar lo siguiente:------------------------PRIMERO.- El C. Salvador Aparicio Olvera, Presidente Municipal de Honey, Puebla, Administración 2005-2008 y, concretamente por el periodo auditado comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil siete, no es administrativamente responsable de las irregularidades que se le imputaron, por las razones precisadas en el Considerando II de este Dictamen. -------------------------------------------------------------------------------SEGUNDO.- Por la determinación a que se refiere el punto anterior, deberá aprobarse la Cuenta Pública del Presidente Municipal de Honey, Puebla, Administración 2005-2008 y, concretamente por el periodo auditado comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil siete, representado por el C. Salvador Aparicio Olvera, Presidente Municipal de Honey, Puebla, Administración 2005-2008. ------------------------------V.- Por lo expuesto, fundado y con apoyo además en los artículos 56 y 63, fracción II de la Constitución Política del Estado de Libre y Soberano de Puebla; transitorio tercero, segundo párrafo y cuarto del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, en materia de Combate a la Corrupción, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el cuatro de noviembre de dos mil dieciséis; y, su Nota Aclaratoria publicada en el mismo medio con fecha diez del mismo mes y año; 3, fracción I y VII, 48, 73 y 74 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; 1, 15, 18, 20, 74, fracción III, 102, 108, 109, 134, 135,147, 151, 152 y 191 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 90, 104, 120, fracción II, 145 y 148 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; segundo y tercero transitorios del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado el quince de abril de dos mil trece en el Periódico Oficial del Estado de Puebla; disposiciones aplicables conforme al artículo segundo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se derogan diversas disposiciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de puebla, publicado en el periódico oficial del Estado, el viernes veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete; EL QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA: ---------------------------------------------------------------------------------------------

DECRETA
PRIMERO.- El C. Salvador Aparicio Olvera, Presidente Municipal de Honey, Puebla, Administración 2005-2008 y, concretamente por el periodo auditado comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil siete, no es administrativamente responsable de las irregularidades que se le imputaron, por las razones precisadas en los Considerandos II, III y IV de este Decreto. --------------------------------------------------------------------SEGUNDO.- Por la determinación a que se refiere el punto anterior, se aprueba la Cuenta Pública de la Presidencia Municipal de Honey, Puebla, Administración 2005-2008 y, concretamente por el periodo auditado comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil siete, representado por el C. Salvador Aparicio Olvera, Presidente Municipal de Honey, Puebla, Administración 2005-2008. ------------------------------TERCERO.- Remítase el presente Decreto a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que por conducto del área correspondiente, notifique a la involucrada, para los efectos legales a que haya lugar. ---------------------------EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los treinta y un días del mes de agosto de dos mil dieciocho.
Diputado Presidente. JOSÉ GERMÁN JIMÉNEZ GARCÍA. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. JOSÉ
GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA. Rúbrica. Diputada Secretaria. SILVIA TANÚS OSORIO. Rúbrica.
Diputado Secretario. CARLOS MARTÍNEZ AMADOR. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los tres días del mes de septiembre de dos mil dieciocho. El Gobernador Constitucional del Estado. C. JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno.
C. DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO. Rúbrica.

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TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date10/12/2018

Page count95

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First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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