Periódico Oficial de Puebla del día 20/09/2018 - Tercera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

100

Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Jueves 20 de septiembre de 2018

2008-2011, específicamente por el periodo auditado comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, del que se derivó el Pliego de Cargos vencido número 05466C/2008-2011, las siguientes sanciones administrativas: --------------------------------------------------------------------------------------a Por el Daño Patrimonial causado al Ayuntamiento de Tlaltenango, Puebla, que asciende a la cantidad de $1701,105.52 un millón setecientos un mil ciento cinco pesos 52/100 Moneda Nacional, derivado de Recursos Propios, de Participaciones, del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal FISM, del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios FORTAMUN y de Otros Fondos; se impone sanción económica por la cantidad de $425,276.38 cuatrocientos veinticinco mil doscientos setenta y seis pesos 38/100
Moneda Nacional, equivalente a un cuarto de tanto del daño total causado al Erario del Ayuntamiento de Tlaltenango, Puebla, lo que hace un total a restituir de $2126,381.90 dos millones ciento veintiséis mil trescientos ochenta y un pesos 90/100 Moneda Nacional, que deberá constituirse en crédito fiscal a favor del Erario del Ayuntamiento de Tlaltenango, Puebla, en términos de los artículos 58, fracción V, 60 y 62, fracción II de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, y ---------------------------------------------b Por las Deficiencias Administrativas provenientes del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal FISM y del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios FORTAMUN; que ascienden a la cantidad de $1667,046.52 un millón seiscientos sesenta y siete mil cuarenta y seis pesos 52/100
Moneda Nacional, se impone la sanción administrativa de acuerdo al parámetro establecido por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, en su artículo 58, fracción VI, y con apego a las circunstancias establecidas en su artículo 59, INHABILITACIÓN POR UN TÉRMINO DE SEIS AÑOS SEIS
MESES, para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público. ------------------------------------------TERCERO.- Una vez que quede firme la resolución contenida en el presente Decreto, se instruye a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que por conducto del área correspondiente y de conformidad al Considerando II
de esta resolución, informe a la Auditoría Superior de la Federación, sobre las presuntas irregularidades provenientes de recursos federales, no comprobadas y justificadas por el citado exfuncionario. -------------------------CUARTO.- Una vez que quede firme la sanción impuesta en el presente Decreto, sin necesidad de nuevo mandamiento, se instruye a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que por conducto del área correspondiente, remita copia certificada del mismo a la Secretaría de la Contraloría del Estado de Puebla, para que de conformidad con sus atribuciones, proceda a hacer efectiva la sanción impuesta, y proceda a inscribir a la funcionaria público involucrada en el Registro Estatal y Nacional de Inhabilitados de conformidad con el artículo 72
de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla y a la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, para que de acuerdo con sus atribuciones proceda a hacer efectiva la sanción económica impuesta a la involucrada de referencia, con fundamento en el artículo 8 del Código Fiscal del Estado de Puebla.--------------------------------------------------------------------------------------------------------QUINTO.- Remítase el presente Decreto a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que por conducto del área correspondiente, notifique a la involucrada y al actual Presidente Municipal del Ayuntamiento de Tlaltenango, Puebla, para los efectos legales a que haya lugar.--------------------------------------------------------------EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dieciocho.
Diputado Presidente. FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. PABLO
FERNÁNDEZ DEL CAMPO ESPINOSA. Rúbrica. Diputado Secretario. CIRILO SALAS HERNÁNDEZ. Rúbrica.
Diputada Secretaria. MARÍA SARA CAMELIA CHILACA MARTÍNEZ. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, al primer día del mes de agosto de dos mil dieciocho. El Gobernador Constitucional del Estado. C. JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno.
C. DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO. Rúbrica.

About this edition

Periódico Oficial de Puebla del día 20/09/2018 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date20/09/2018

Page count100

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

Download this edition

Other editions

<<<Septiembre 2018>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30