Periódico Oficial de Puebla del día 02/07/2018 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Lunes 2 de julio de 2018

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
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conformidad con la legislación de la materia. Adjuntando a la presente, diversa documentación la cual reúne los requisitos que establece la Ley Orgánica Municipal.
Que con el fin de alcanzar el objetivo de elevar a la comunidad de Camotepec a la categoría de Pueblo, con fecha cinco de enero de dos mil dieciocho, representantes de la comunidad de Rancho Nuevo, reunidos con habitantes de la comunidad Camotepec, llevaron a cabo una Asamblea Extraordinaria en la que se tomó el acuerdo de adhesión de la localidad de Rancho Nuevo a la de Camotepec, para así formar el Pueblo de Camotepec, perteneciente al Municipio de Zacatlán, Puebla, misma que fue aprobada por unanimidad de los integrantes del Ayuntamiento de Zacatlán, Puebla, en Sesión Extraordinaria de fecha diecinueve de febrero del año en curso.
Con relación a los servicios públicos, se acompaña a la presente disposición los documentos comprobatorios referentes a los servicios públicos de energía eléctrica, agua potable, trazado urbano, caminos de terracería, plaza pública, telefonía, transporte público, correo, parques y jardines, seguridad pública, lugares para la práctica de deportes, servicios médicos, planteles educativos de enseñanza preescolar, primaria y secundaria.
Evaluando el gran logro de los vecinos de la comunidad de Camotepec y de las respectivas autoridades municipales, para pedir que la señalada comunidad sea elevada a la categoría de Pueblo, para denominarse PUEBLO DE CAMOTEPEC, Municipio de Zacatlán, Puebla y con la intención de continuar con el fortalecimiento del desarrollo regional y evitar las congregaciones descomunales en zonas de influencia, por trabajar como articulador e integrador de otras localidades, lo que convierte a éste en un importante centro de población, que contribuirá al impulso del desarrollo del Municipio al que pertenece.
Para poder lograr que se brinde el apoyo a la comunidad referida en su solicitud planteada en los párrafos anteriores, es por ello que con cabal respeto a las facultades conferidas a esta Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado, y ser ésta la instancia procuradora de decretar lo conveniente en correlación a la petición formalizada por los habitantes y autoridades de la comunidad de Camotepec, es procedente aprobar el presente Decreto.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 56, 57 fracción I, 63 fracción II
y 64 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 8 y 9 fracciones I inciso c, II y III de la Ley Orgánica Municipal; 44 fracción II, 134, 135 y 136 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se expide la siguiente Minuta de:

DECRETO
ÚNICO. Se eleva a la comunidad de Camotepec, Municipio de Zacatlán, Puebla, a la categoría de Pueblo, para denominarse: PUEBLO DE CAMOTEPEC, Municipio de Zacatlán, Puebla.

TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veinticinco días del mes de junio de dos mil dieciocho.
Diputado Presidente. FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. PABLO
FERNÁNDEZ DEL CAMPO ESPINOSA. Rúbrica. Diputada Secretaria. MARÍA SARA CAMELIA CHILACA
MARTÍNEZ. Rúbrica. Diputado Secretario. CIRILO SALAS HERNÁNDEZ. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veintiséis días del mes de junio de dos mil dieciocho. El Gobernador Constitucional del Estado. C. JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno.
C. DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO. Rúbrica.

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Periódico Oficial de Puebla del día 02/07/2018 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date02/07/2018

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Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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