Periódico Oficial de Puebla del día 18/06/2018 - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Jueves 18 de octubre de 2018

derecho, toda vez que con las mismas se desvirtúan las irregularidades contenidas en el presente Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades, por lo cual pido que se dicte la resolución correspondiente, y favorable en el momento procesal oportuno liberando al C. Francisco Othón Herrera Lucero de las imputaciones que hace ésta Autoridad, que es todo lo que deseo manifestar como alegatos. ---------------------------------------------NOVENO.- Mediante memorando ASP/000428-16DJC, de fecha veinte de julio de dos mil dieciséis, la entonces Dirección Jurídica Contenciosa remitió a la entonces Auditoría Especial de Cumplimiento a la Gestión Financiera, ambas de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, las constancias que obran en el expediente en que se actúa, así como las pruebas ofrecidas por el involucrado C. Francisco Otón Herrera Lucero, a través de la C. Elvia Martínez Reyes en la audiencia del dieciocho de julio de dos mil dieciséis, con el objeto de que dicha área realizara su valoración y análisis respectivo. ------------------------------------------------------------------------------------------------DÉCIMO.- Finalmente mediante memorando ASP/0318-16/DFPCAE, de veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis, la entonces Auditoría Especial de Cumplimiento a la Gestión Financiera, remitió a la entonces Dirección Jurídica Contenciosa, a través de la Dirección General Jurídica, todas Auditoría Superior del Estado de Puebla, el informe analítico respecto de las pruebas presentadas, y ------------------------------------------------------------------------

CONSIDERANDO
I.- Que los artículos 108, cuarto párrafo y 109, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; sexto transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Federal en comento, en materia de combate a la corrupción, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de mayo de dos mil quince; 124, fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; transitorio tercero, segundo párrafo y cuarto del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, en materia de Combate a la Corrupción, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el cuatro de noviembre de dos mil dieciséis y su Nota Aclaratoria Publicada en el mismo medio con fecha diez del mismo mes y año; 1, fracciones I, II, III y V, 2, 3, fracción I, 48, 66 y 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; 15, 18, 20, y 134 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 91, y 120, fracción II del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; segundo y tercero transitorios del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el quince de abril de dos mil trece; segundo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que deroga diversas disposiciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el viernes veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete; establecen quiénes son Servidores Públicos, las responsabilidades y conductas en que pueden incurrir éstos, la determinación de responsabilidades y la competencia que tiene esta Legislatura para conocer y resolver el presente asunto. -----------------II.- En principio es importante señalar que, en el presente Procedimiento Administrativo, se aplica de forma supletoria el Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en el artículo Único del Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforma el artículo 48 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado el treinta y uno de diciembre de dos mil quince. ------------------------------------------------------------------------------------Así mismo, debe decirse que la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, que se señala en el presente, se aplica en términos de lo dispuesto por el artículo segundo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que deroga diversas disposiciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el viernes veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete. ------------------------------------------------------------------------------------------------Ahora bien con el objeto de resolver en el presente Procedimiento Administrativo, conforme a derecho proceda, este Congreso del Estado se avoca a la descripción, estudio, valoración de las pruebas existentes y a la adecuación

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Periódico Oficial de Puebla del día 18/06/2018 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date18/06/2018

Page count126

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First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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