Periódico Oficial de Puebla del día 26/10/2017 - Tercera Sección
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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos con fecha 22 de noviembre de 1930
TOMO DX
CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA
JUEVES 26 DE OCTUBRE DE 2017
NÚMERO 19
TERCERA
SECCIÓN
Sumario GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que determina que el C. Celestino Moreno Hernández, Presidente Municipal de Zoquiapan, administración 2008-2011, es administrativamente responsable de las irregularidades en que incurrió, durante el periodo que se le auditó, comprendido del 1 de enero al 14 de febrero de 2011, imponiéndole las sanciones que se especifican en el Resolutivo Segundo del presente Decreto.
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que determina que el C. Ángel Osorio Nicolás, Presidente Municipal de Huitziltepec, administración 2011-2014, no es administrativamente responsable de las irregularidades que se le imputaron, durante el periodo auditado, comprendido del 15 de febrero al 31 de diciembre de 2011, aprobándose la Cuenta Pública del citado Municipio, por el periodo mencionado.
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que determina que el C. José Pizano Calderón, Director General del Instituto Tecnológico Superior de Ciudad Serdán, es administrativamente responsable de las irregularidades en que incurrió, durante el Ejercicio que se le auditó, comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, imponiéndole las sanciones que se especifican en el Resolutivo Segundo del presente Decreto.
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que determina que el C. José Carlos Corona Palma, Director General del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Huejotzingo, no es administrativamente responsable de las irregularidades que se le imputaron, durante el periodo auditado, comprendido del 26 de marzo al 31 de diciembre de 2011, aprobándose la Cuenta Pública del citado Sistema Operador, por el periodo mencionado.