Periódico Oficial de Puebla del día 16/05/2016 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Lunes 16 de mayo de 2016

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
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Debió remitir Acta del Comité de Beneficiarios de la Obra, de las obras observadas y relación de beneficiarios, anexando copia por ambos lados de la credencial para votar Instituto Federal Electoral de los integrantes del Comité de Beneficiarios. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Debió remitir Acta de Cabildo de la aprobación del Comité Municipal de Obra Pública ó, en su caso, justificar el Procedimiento de Adjudicación. -------------------------------------------------------------------------------------------------------Debió registrar todos los datos de las fichas de obra en el Sistema Contable Gubernamental II con especial atención en el registro de las fianzas de anticipo, cumplimiento y de vicios ocultos, o en el caso de no registrarlas explicar el por qué; de igual forma en caso de que las fichas de obra se encuentren incompletas o sin registrar. -------En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, la Auditoría Superior del Estado de Puebla deberá: darle a conocer al involucrado las presuntas irregularidades señaladas en los párrafos anteriores; y las responsabilidades que se le atribuyen al respecto en el citatorio que emita para tales efectos, debiendo en su momento el Congreso del Estado, resolver en definitiva el procedimiento respectivo.---------------------------------------------------------------------------------Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 108, último párrafo, 109, primer párrafo y 116, fracción II, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 63, fracción II y 124, fracción II y 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, fracciones I, II, III y V, 2, 3, fracciones I y VII, 49, 50, fracciones I, II, XXI y XXIII, 51, fracción II, 56, y demás relativos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; 1, 14, 18, 19, 20, 44, fracción II, 134, 135, 144, fracción II y 191, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 1, 90, 91 120, fracciones VII y VIII, del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla. EL QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA: ------------------------------------------------------------------------------------------

DECRETA
PRIMERO. Se autoriza a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, inicie y substancie Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades en contra del C. Aureliano Morales Palacios, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Chietla, Puebla, administración 2011-2014, por el Ejercicio comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil trece, concretamente por los motivos expuestos en el Considerando de este Decreto. -------------------------------------------------------------------------------------SEGUNDO. Para efectos de lo dispuesto en el punto anterior, la Auditoría Superior del Estado de Puebla, deberá cumplir lo dispuesto en el penúltimo párrafo del Considerando del presente Decreto. -----------------------------TERCERO. Notifíquese y cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil quince.
Diputado Presidente. SERGIO SALOMÓN CÉSPEDES PEREGRINA. Rúbrica. Diputado Vicepresidente.
FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ. Rúbrica. Diputado Secretario. CUPERTINO ALEJO DOMÍNGUEZ.
Rúbrica. Diputada Secretaria. MARÍA EVELIA RODRÍGUEZ GARCÍA. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil quince. El Gobernador Constitucional del Estado. C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS. Rúbrica. El Encargado de Despacho de la Secretaría General de Gobierno. C. JORGE BENITO CRUZ BERMÚDEZ. Rúbrica.

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Periódico Oficial de Puebla del día 16/05/2016 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date16/05/2016

Page count35

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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