Periódico Oficial de Puebla del día 17/12/2015 - Tercera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

4

Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Jueves 17 de diciembre de 2015

1.- El terreno denominado El Serrano fue adquirido a través de Escritura Pública número veinticinco mil quinientos ochenta y ocho, Volumen trescientos setenta y nueve, de fecha veinticinco de septiembre de dos mil quince, otorgada por el Licenciado Enrique Camarillo Domínguez, Notario Público número Uno del Distrito Judicial de Cholula, Puebla; cuyo testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad de ese Distrito Judicial, con fecha dos de octubre de dos mil quince, bajo el folio electrónico número 0247363 1.
2.- El terreno denominado Tlacolatl fue adquirido por medio de Escritura Pública número veinticinco mil quinientos treinta y tres, Volumen trescientos setenta y ocho, de fecha primero de septiembre de dos mil quince, otorgada por el Licenciado Enrique Camarillo Domínguez, Notario Público número Uno del Distrito Judicial de Cholula, Puebla; la que se inscribió en el Registro Público de la Propiedad de ese Distrito Judicial, el siete de octubre de dos mil quince, bajo el folio electrónico número 0247431 1.
3.- Que el terreno denominado La Molina fue adquirido mediante Escritura Pública número veinticinco mil quinientos ochenta y nueve, Volumen trescientos setenta y nueve, de fecha veinticinco de septiembre de dos mil quince, otorgada por el Licenciado Enrique Camarillo Domínguez, Notario Público número Uno del Distrito Judicial de Cholula, Puebla; la cual fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad de ese Distrito Judicial, el treinta de octubre de dos mil quince, bajo el folio electrónico número 0112568 1.
XI.- Que en Sesión Extraordinaria de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Cholula, Puebla, de fecha nueve de octubre de dos mil quince, se aprobó por unanimidad de votos la Enajenación bajo la figura jurídica de Donación a favor del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Puebla, de los predios identificados como El Serrano, Tlacolatl y la segregación de 10,065.05 metros cuadrados del predio denominado La Molina; para que en ellos se desarrolle el sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos en el que se ubicará una planta de separación y compactación de residuos en la región.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 64 y 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135 y 136 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 93 fracción VII y 120 fracción VII del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se expide el siguiente Dictamen con Minuta de:

DECRETO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Honorable Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Cholula, Puebla, a donar al Gobierno del Estado Libre y Soberano de Puebla, los predios identificados como El Serrano, Tlacolatl y una segregación de 10,065.05 metros cuadrados del predio denominado La Molina, todos de ese Municipio, cuyas medidas y colindancias han quedado descritas en el considerando del presente Decreto, para que en ellos se desarrolle el sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos de los municipios de la región, a través de la instalación y operación de una planta regional de separación y compactación de residuos y un relleno sanitario seco; en los términos en que fue presentado.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Para efectos de lo anterior, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Cholula, Puebla, deberá realizar los trámites necesarios para efectuar la donación, en términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal y demás legislación aplicable, siempre tomando en consideración el beneficio de la sociedad.

TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los quince días del mes de diciembre de dos mil quince. Diputado Presidente. SERGIO SALOMÓN CÉSPEDES PEREGRINA. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. FRANCISCO
RODRÍGUEZ ÁLVAREZ. Rúbrica. Diputado Secretario. CUPERTINO ALEJO DOMÍNGUEZ. Rúbrica. Diputada Secretaria. MA. EVELIA RODRÍGUEZ GARCÍA. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil quince. El Gobernador Constitucional del Estado. C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS. Rúbrica. El Encargado de Despacho de la Secretaría General de Gobierno. C. JORGE BENITO CRUZ BERMÚDEZ. Rúbrica.

About this edition

Periódico Oficial de Puebla del día 17/12/2015 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date17/12/2015

Page count4

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2015>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031