Periódico Oficial de Puebla del día 08/12/2015 - Tercera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Martes 8 de diciembre de 2015

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
7

XI. Que, el Presidente Municipal de Puebla, Puebla; con fundamento en el artículo 160 de la Ley Orgánica Municipal mediante oficio número O.P/376/15 de fecha treinta de octubre del año en curso, envió al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, para que éste a su vez, remita para su estudio y aprobación en su caso, del Honorable Congreso del Estado, la solicitud de autorización para llevar a cabo la citada donación.
XII. Que, la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, la Universidad Autónoma de Puebla, tiene por objeto contribuir a la prestación de los servicios educativos en los niveles Medio Superior y Superior; realizar investigaciones científica, tecnológica y humanística y coadyuvar al estudio, preservación, acrecentamiento y difusión de la cultura. La atención a la problemática estatal tendrá prioridad en los objetivos de la Universidad y la Institución contribuirá por sí o en coordinación con otras entidades de los sectores público, social y privado al desarrollo nacional.
XIII. Que, una de las obligaciones que le corresponderán a la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, será entre otras, que el inmueble objeto de la Donación sea utilizado única y exclusivamente para la instalación y funcionamiento de un Centro de Innovación y Gestión Universitaria.
XIV. Que, por lo anteriormente mencionado, así como las acciones y el notorio beneficio social que la donación del inmueble de referencia en favor del Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado denominado Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, habrán de generar, y una vez reunidos los requisitos legales correspondientes, resulta procedente realizar los trámites necesarios para lograr la autorización a que se refiere la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, para poder llevar a cabo la donación del predio anteriormente referido, para el fin expuesto en el presente Decreto.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 64 y 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135 y 136 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 93 fracción VII y 120 fracción VII del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se expide el siguiente Dictamen con Minuta de:

DECRETO
ÚNICO. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, Puebla, a donar a Título Oneroso a favor del Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado denominado Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, el inmueble identificado como fracción de terreno segregada del Lote 22 de la Colonia San José Xilotzingo, de esta Ciudad de Puebla, con superficie de 1,552.97 metros cuadrados; actualmente marcado con el número 8,738 del Boulevard José María Lafragua Prolongación de la 24 Sur en San Francisco Totimehuacan, de esta Ciudad; para la instalación y funcionamiento de un Centro de Innovación y Gestión Universitaria; cuyas medidas y colindancias han quedado descritas en el presente Decreto.

TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.
SEGUNDO. Queda sin efecto cualquier acto o disposición que se oponga al presente Decreto.
EL GOBERNADOR, hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veinticinco días del mes de noviembre de dos mil quince.
Diputado Presidente. SERGIO SALOMÓN CÉSPEDES PEREGRINA. Rúbrica. Diputado Vicepresidente.
FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ. Rúbrica. Diputado Secretario. CUPERTINO ALEJO DOMÍNGUEZ.
Rúbrica. Diputada Secretaria. MA. EVELIA RODRÍGUEZ GARCÍA. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil quince, El Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla. C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS.
Rúbrica. El Encargado de Despacho de la Secretaría General de Gobierno. C. JORGE BENITO CRUZ
BERMÚDEZ. Rúbrica.

About this edition

Periódico Oficial de Puebla del día 08/12/2015 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date08/12/2015

Page count7

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2015>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031