Periódico Oficial de Puebla del día 03/11/2015 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Martes 3 de noviembre de 2015

Servidores Públicos del Estado de Puebla 1, 15, 18, 20, 102, 108, 109, 134, 135, 147, 151, 152 y 191 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 90, 91, 120, fracción II, 145 y 148 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; segundo y tercero transitorios del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el quince de abril de dos mil trece; EL QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA: -----------------------------------------------------------------------------

DECRETA
PRIMERO.- El C. Tomás Salgado Corona, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de San Felipe Teotlalcingo, Puebla, administración 2008-2011, y concretamente por el periodo auditado comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, es administrativamente responsable de las irregularidades precisadas en el Considerando II de este Decreto. ----------------------------------------------------------------------------------SEGUNDO.- Por la responsabilidad a que se refiere el punto anterior, se impone al C. Tomás Salgado Corona, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de San Felipe Teotlalcingo, Puebla, administración 2008-2011, específicamente por el periodo auditado comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, del que se derivó el Pliego de Cargos vencido número 05476C/2008 -2011, la sanción administrativa siguiente: -------------------------------------------------------------------------------------------------Por las Deficiencias Administrativas provenientes de Participaciones, del Fondo de Infraestructura Social Municipal FISM y de Otros Fondos por Programa de Devolución de Derechos de la Comisión Nacional del Agua PRODDER; que ascienden a la cantidad de $1869,968.69 un millón ochocientos sesenta y nueve mil novecientos sesenta y ocho pesos 69/100 Moneda Nacional, se impone la sanción administrativa de acuerdo al parámetro establecido por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, en su artículo 58, fracción VI, y con apego a las circunstancias establecidas en su artículo 59, INHABILITACIÓN POR UN
TÉRMINO DE 6 AÑOS SEIS MESES, para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público. ----TERCERO.- Una vez que quede firme la resolución contenida en el presente Decreto, se instruye a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, de conformidad al Considerando II de esta resolución, informe a la Auditoría Superior de la Federación, sobre las presuntas irregularidades provenientes de recursos federal es, no comprobadas y justificadas por el citado exfuncionario, así como realizar la remisión y notificación que se precisan en los puntos resolutivos. ------------------------------------------------------------------------------------------------CUARTO.- Una vez que quede firme la sanción impuesta en el presente Decreto, sin necesidad de nuevo mandamiento, deberá remitirse copia certificada del mismo a la Secretaría de la Contraloría del Estado de Puebla, para que de conformidad con sus atribuciones, proceda a hacer efectiva la sanción impuesta, y se proceda a inscribir al funcionario público involucrado en el Registro Estatal y Nacional de Inhabilitados de conformidad con el artículo 72 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla. --------------------------------------QUINTO.- Notifíquese el presente Decreto al involucrado y al actual Presidente Municipal del Ayuntamiento de San Felipe Teotlalcingo, Puebla, para los efectos legales a que haya lugar. --------------------------EL GOBERNADOR, hará publicar y cumplir la presente Disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo.
En la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los treinta y un días del mes de julio del año dos mil quince.
Diputada Presidenta. PATRICIA LEAL ISLAS. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. CARLOS IGNACIO MIER
BAÑUELOS. Rúbrica. Diputado Secretario. PABLO MONTIEL SOLANA. Rúbrica. Diputada Secretaria. MARÍA
SARA CAMELIA CHILACA MARTÍNEZ. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil quince. El Gobernador Constitucional del Estado. C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS. Rúbrica. El Encargado de Despacho de la Secretaría General de Gobierno. C. JORGE BENITO CRUZ BERMÚDEZ. Rúbrica.

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Periódico Oficial de Puebla del día 03/11/2015 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date03/11/2015

Page count48

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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