Periódico Oficial de Puebla del día 13/01/2023 - Segunda Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

Viernes 13 de enero de 2023

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
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ARTÍCULO 68. El Juez Calificador en ningún caso autorizará el pago de una multa sin que el secretario expida al interesado el recibo oficial correspondiente, que contendrá la fecha, el motivo de la infracción, la cantidad pagada y el nombre del infractor.
ARTÍCULO 69. Los datos del recibo oficial a que se refiere el artículo anterior, deberán quedar asentados en el talonario respectivo, para los efectos de inspección o supervisión de la Tesorería Municipal o de la Contraloría Municipal.
ARTÍCULO 70. En todos los procedimientos que se instauren en el Juzgado Calificador, se respetarán los Derechos Humanos, las Garantías de Audiencia Previa y el Derecho de Petición, consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
ARTÍCULO 71. El Código Nacional de Procedimientos Penales, será de aplicación supletoria al presente Bando, en lo procedente.
ARTÍCULO 72. Las copias certificadas que sean necesarias expedir de las constancias que obren en el Juzgado Calificador, serán autorizadas por el secretario del Ayuntamiento, previo el pago de derechos que establece la Ley de Ingresos del Municipio vigente.

CAPÍTULO IX
DE LA INTERPRETACIÓN
ARTÍCULO73. Es facultad del presidente, resolver cualquier duda respecto a la debida interpretación y aplicación del presente Bando.

CAPÍTULO X
DEL RECURSO
ARTÍCULO 74. Contra las determinaciones de la Autoridad Municipal competente, diferentes a las de carácter fiscal, las personas físicas o jurídicas podrán interponer el Recurso de Inconformidad previsto en la Ley Orgánica Municipal.

TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Bando de Policía y Gobierno, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO. Se abroga el Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Domingo Arenas, Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado el día. 13 de noviembre del 2014.
TERCERO. El H. Ayuntamiento tendrá 180 días a partir de la expedición del presente Ordenamiento, para emitir los Lineamientos del Trabajo en favor de la comunidad.
CUARTO. Se derogan todas las disposiciones reglamentarias, administrativas, circulares, acuerdos y demás normas que contravengan el contenido del presente Bando de Policía y Gobierno.
Dado en Salón de Cabildo del H. Ayuntamiento de Domingo Arenas, Puebla; a los tres días del mes de octubre de dos mil veintidós El Presidente Municipal. C. ROSALIO TLACOMULCO DEMETRIO. Rúbrica. El Regidor de Gobernación, Justicia, Seguridad Pública y Protección Civil. C. COSME PÉREZ NIETO. Rúbrica.
La Regidora de Hacienda y Patrimonio. C. MARISOL OSORIO MENESES. Rúbrica. El Regidor de Obras Públicas. C. GONZALO LUNA DEMETRIO. Rúbrica. El Regidor de Industria, Comercio, Agricultura y Ganadería, asignado a la Comisión de Educación, Cultura y Deporte. C. MARGARITO ROSAS TLATENCO.
Rúbrica. La Regidora de Salud. C. MARÍA FÉLIX ROMERO LUNA. Rúbrica. La Regidora de Grupos Vulnerables, Personas con Discapacidad y Juventud. C. PALOMA SOLEDAD MENESES MARTÍNEZ. La Regidora de Ecología y Medio Ambiente. C. AIDETH PÉREZ ROSAS. Rúbrica. La Síndico Municipal. C. NORMA ANGELICA
MENESES NIETO. Rúbrica. La Secretaria del Ayuntamiento. C. ANA ROSA PÉREZ PÉREZ. Rúbrica.
N.R.350246937

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Periódico Oficial de Puebla del día 13/01/2023 - Segunda Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

CountryMexico

Date13/01/2023

Page count47

Edition count679

First edition02/02/2015

Last issue06/02/2024

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