Periódico Oficial de Puebla del día 03/12/2021 - Segunda Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

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Segunda Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Viernes 3 de diciembre de 2021

primarias o redes secundarias o derivaciones; multa equivalente de quinientas uno a diez mil unidades de medida y actualización.
V. Realizar sin la autorización correspondiente, por si o por intermediación de cualquier persona, derivaciones de agua o conexiones al sistema de alcantarillado; multa equivalente de quinientas uno a mil unidades de medida y actualización.
VI. Conectar un servicio suspendido sin autorización del prestador del SOSAPAMA; multa equivalente de quinientas uno a diez mil unidades de medida y actualización.
VII. Emplear mecanismos para succionar agua de las tuberías de distribución; multa equivalente de cincuenta y uno a mil unidades de medida y actualización.
VIII. Utilizar el servicio de hidrantes públicos, para destinarlos a usos distintos a los de su objeto; multa equivalente de quinientas uno a diez mil unidades de medida y actualización.
IX. Descargar aguas residuales fuera de los parámetros permisibles previstos en la Ley del Agua para el Estado de Puebla o sin previo tratamiento a cualquier cuerpo receptor; multa equivalente de cuarenta a treinta mil unidades de medida y actualización.
X. Dañar, deteriorar, obstruir, sustraer o afectar en cualquier forma, las instalaciones o infraestructura destinada a la prestación de los servicios Públicos, o utilizarlas sin autorización del SOSAPAMA; multa equivalente de doscientas uno a quinientas unidades de medida y actualización.
XI. Beneficiarse de los servicios públicos sin contar con la autorización correspondiente del SOSAPAMA o sin estar en los supuestos previstos en la Ley del Agua para el Estado de Puebla; multa equivalente de quinientas uno a diez mil unidades de medida y actualización.
XII. No contratar oportunamente la prestación de los servicios públicos dentro de los plazos establecidos; multa equivalente de doscientas uno a quinientas unidades de medida y actualización.
XIII. Omitir total o parcialmente el pago de derechos y productos, conforme a la estructura tarifaria, así como las contribuciones de mejora; multa equivalente del setenta y cinco al cien por ciento de los derechos, productos y contribuciones de mejoras omitidas.
XIV. Proporcionar datos o documentos incompletos, alterados, falsos o erróneos al SOSAPAMA; multa equivalente de cinco a doscientas unidades de medida y actualización.
XV. Operar sin estar autorizado, el sistema de válvulas de distribución de agua potable; multa equivalente de cincuenta y uno a dos mil unidades de medida y actualización.
XVI. Impedir en cualquier forma la instalación de los servicios públicos; multa equivalente de quinientas uno a diez mil unidades de medida y actualización.
XVII. Impedir u obstaculizar por cualquier medio el inicio o desarrollo de las visitas de verificación, inspección o vigilancia de los inmuebles, giros o establecimientos; multa equivalente de cincuenta y uno a dos mil unidades de medida y actualización.
XVIII. Impedir la instalación, verificación, lectura, mantenimiento, reparación o sustitución de los dispositivos de medición medidores de agua; multa equivalente de doscientas uno a dos mil unidades de medida y actualización.

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Periódico Oficial de Puebla del día 03/12/2021 - Segunda Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

CountryMexico

Date03/12/2021

Page count27

Edition count679

First edition02/02/2015

Last issue06/02/2024

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