Periódico Oficial de Puebla del día 03/06/2021 - Segunda Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

Jueves 3 de junio de 2021

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
3

BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO DEL MUNICIPIO
DE SAN MARTÍN TEXMELUCAN, PUEBLA
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL BANDO
ARTÍCULO 1. El presente Bando de Gobierno es de orden e interés público y de observancia general y obligatoria en todo el territorio municipal y tiene por objeto:
I. Establecer los lineamientos que señala la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla, y II. Fijar las normas generales básicas para orientar el régimen de gobierno de la Administración Pública Municipal.
ARTÍCULO 2. Para efectos de este Bando de Policía y Gobierno, se entiende por:
I. Ayuntamiento: Al Honorable Ayuntamiento del Municipio de San Martín Texmelucan, Puebla, mismo que es un órgano colegiado integrado por un presidente municipal, síndico y regidores;
II. Bando: Al presente Bando de Policía y Gobierno;
III. Cabildo: El Ayuntamiento constituido en el Recinto Oficial para la ejecución y cumplimiento de las atribuciones que le señalan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución del Estado Libre y Soberano de Puebla y la Ley Orgánica Municipal;
IV. Constitución General: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
V. Constitución Local: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla;
VI. Empoderamiento de las mujeres: Es un proceso por medio del cual las mujeres transitan de cualquier situación de opresión desigualdad, discriminación, explotación o exclusión a un estado de conciencia, autodeterminación y autonomía, el cual se manifiesta en el ejercicio del poder democrático que emana del goce pleno de sus derechos y libertades;
VII. Enfoque de Derechos Humanos: Al marco conceptual relativo a los planes, las políticas, los programas y los presupuestos con base en un sistema de derechos, el cual identifica, por un lado, a las personas titulares de derechos y aquellos a lo que tengan derecho, y por el otro, a las personas titulares de deberes y sus obligaciones para respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos, así como fortalecer la capacidad de las personas titulares de derechos;
VIII. Género: Se refiere a las percepciones, valores y creencias sobre lo masculino y femenino en la sociedad.
Son las construcciones socioculturales que distinguen jerárquicamente a mujeres y hombres, a partir de una diferencia sexual. La perspectiva de género permite identificar y cuestionar la desigualdad de género y la exclusión de las mujeres de todos los ámbitos y del desarrollo humano;
IX. Igualdad de género: Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control, beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar;

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Periódico Oficial de Puebla del día 03/06/2021 - Segunda Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

CountryMexico

Date03/06/2021

Page count32

Edition count679

First edition02/02/2015

Last issue06/02/2024

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