Periódico Oficial de Puebla del día 08/04/2020 - Primera Sección

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Primera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 8 de abril de 2020

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que reforma el artículo 41 de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Puebla.
Al margen el Escudo del Estado de Puebla, con una leyenda que dice: Unidos en el Tiempo, en el Esfuerzo, en la Justicia y en la Esperanza. Estado Libre y Soberano de Puebla. H. Congreso del Estado de Puebla. LX Legislatura.
LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA HUERTA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, esta Soberanía tuvo a bien aprobar el Dictamen con Minuta de Decreto, emitido por la Comisión de la Familia y los Derechos de la Niñez, por virtud del cual se reforma el artículo 41 de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Puebla.
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala en el noveno párrafo del artículo 4º, que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos.
Que además, el artículo 2º de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece que dicho principio debe ser considerado de manera primordial en la toma de decisiones sobre una cuestión debatida que involucre niñas, niños y adolescentes, y cuando se presenten diferentes interpretaciones, se elegirá la que satisfaga de manera más efectiva este principio rector.
Que también, el numeral 3º de la Ley en comento, refiere que la Federación, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, concurrirán en el cumplimiento del objeto de dicha ley, para el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas públicas en materia de ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como para garantizar su máximo bienestar posible privilegiando su interés superior a través de medidas estructurales, legales, administrativas y presupuestales.
Que en este contexto, el interés superior de niñas, niños y adolescentes es un principio consagrado por la Convención sobre los Derechos del Niño, cuya aplicación busca la mayor satisfacción de todas y cada una de las necesidades de niñas, niños y adolescentes; es decir, su aplicación exige adoptar un enfoque basado en derechos humanos, que permita garantizar el respeto y protección a su dignidad e integridad física, psicológica, moral y espiritual.
Que asimismo, el artículo 18 de la Ley General en mención indica que en todas las medidas concernientes a niñas, niños y adolescentes que tomen los órganos jurisdiccionales, autoridades administrativas y órganos legislativos, se tomará en cuenta, como consideración primordial, el interés superior de la niñez, y dichas autoridades elaborarán los mecanismos necesarios para garantizar este principio y la protección del mismo.
Que en México, según mencionó el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública en el año dos mil dieciséis, el artículo 283 la Ley Federal del Trabajo de los años setenta establecía que los patrones tenían entre sus obligaciones especiales brindar servicios de guardería a los hijos de los trabajadores, no obstante lo cual, dicha disposición no se cumplió eficazmente, razón por la cual las madres derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social tuvieron que acudir a las guarderías de esta institución en búsqueda de este servicio1.
1

https www.informador.mx/mexico/La-importancia-de-las-estancias-infantiles-una-reflexion-desde-la-teoria-del-desarrollo-humano-201902090071.html, consultada el 22 de noviembre de 2019.

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Periódico Oficial de Puebla del día 08/04/2020 - Primera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Primera Sección

CountryMexico

Date08/04/2020

Page count4

Edition count442

First edition20/07/2015

Last issue06/02/2024

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