Periódico Oficial de Puebla del día 13/01/2017 - Primera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Primera Sección

Viernes 13 de enero de 2017

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Primera Sección
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del Estado de una fracción de dicho inmueble, la cual cuenta con una superficie de 5,639.73 Cinco mil seiscientos treinta y nueve punto setenta y tres metros cuadrados y tiene las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE: mide 59.77 metros; colinda con terreno de la Secundaria Técnica 61;
AL SUR: mide 57.435 metros; colinda con Av. Lardizábal;
AL ORIENTE: mide en dos líneas, la primera dirección norte a sur en 92.848 metros y la segunda en dirección suroeste en 5.98 metros, ambas colindan con la calle Arq. Francisco Reyes; y AL PONIENTE: mide 92.20 metros; colinda con terreno de Secundaria Técnica 61.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 51, 56, 57 fracción I, 64, 67 y 84 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, 136, 136, 137 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 90, 93 fracción VII, 95 y 120
fracción VII del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se expide la siguiente Minuta de:

DECRETO
PRIMERO.- Se autoriza al Honorable Ayuntamiento del Municipio de San Martín Texmelucan, Puebla, a donar una fracción del inmueble denominado El Cerro y la Troje Vieja del fraccionamiento de la Antigua Hacienda de San Miguel Lardizábal, Puebla; a favor del Gobierno del Estado para la construcción del Centro de Integración, Prevención y Participación Ciudadana; cuyas medidas y colindancias han quedado descritas en el considerando del presente Decreto.
SEGUNDO.- Para efectos de lo anterior, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de San Martín Texmelucan, Puebla, deberá realizar los trámites necesarios para efectuar la donación en términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal y demás legislación aplicable, siempre tomando en consideración el beneficio de la sociedad.

TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los seis días del mes de enero de dos mil diecisiete. Diputada Presidenta. SILVIA GUILLERMINA TANÚS OSORIO. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. CARLOS DANIEL
HERNÁNDEZ OLIVARES. Rúbrica. Diputado Secretario. CIRILO SALAS HERNÁNDEZ. Rúbrica. Diputada Secretaria. LIZETH SÁNCHEZ GARCÍA. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los nueve días del mes de enero de dos mil diecisiete. El Gobernador Constitucional del Estado. C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno.
C. DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO. Rúbrica.

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Periódico Oficial de Puebla del día 13/01/2017 - Primera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Primera Sección

CountryMexico

Date13/01/2017

Page count15

Edition count442

First edition20/07/2015

Last issue06/02/2024

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