Periódico Oficial de Puebla del día 21/07/2015 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Puebla - Primera Sección

Martes 21 de julio de 2015

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Primera Sección
3

ROMERO, cumplen con lo establecido en la fracción III del artículo 18 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, como consta en el Acta de Nacimiento que acompañan.

Toda vez que los solicitantes prueban efectivamente su nacionalidad mexicana, con los documentos antes señalados y en términos de la fracción III del artículo 18 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, que indica que son poblanos Los mexicanos nacidos fuera del territorio del Estado, hijos de padres no poblanos, con residencia continua y comprobable de cinco años dentro del mismo, mayores de edad, que manifiesten ante el Congreso Local su deseo de ser poblanos, y obtengan del mismo su aprobación para ser considerados como tales y habiendo cumplido con los requisitos que establecen los artículos 57 fracción I, 64 y 67
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 119, 123 fracción I, 134 y 135 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 48 fracción I del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, nos permitimos someter a la consideración de nuestra Soberanía el siguiente Dictamen con Minuta de:

DECRETO

ÚNICO. Se concede la calidad de Poblano a los ciudadanos JOSÉ MANUEL NUÑEZ VERA, ANA
CECILIA RAMÍREZ TÉLLEZ, MISAEL MARTÍNEZ SÁNCHEZ, HERMELINDA ERIKA CONTRERAS
ORTEGA y RAÚL MIRANDA ROMERO, por reunir los requisitos de la fracción III del artículo 18 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.

TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

EL GOBERNADOR, hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los nueve días del mes de julio de dos mil quince. Diputada Presidenta. PATRICIA LEAL ISLAS. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. CARLOS IGNACIO MIER BAÑUELOS.
Rúbrica. Diputado Secretario. MANUEL POZOS CRUZ. Rúbrica. Diputada Secretaría. MARÍA SARA CAMELIA
CHILACA MARTÍNEZ. Rúbrica.

Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los diez días del mes de julio de dos mil quince. El Gobernador Constitucional del Estado. C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS. Rúbrica. El Encargado de Despacho de la Secretaría General de Gobierno. C. JORGE BENITO CRUZ BERMÚDEZ. Rúbrica.

About this edition

Periódico Oficial de Puebla del día 21/07/2015 - Primera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Primera Sección

CountryMexico

Date21/07/2015

Page count3

Edition count442

First edition20/07/2015

Last issue06/02/2024

Download this edition

Other editions

<<<Julio 2015>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031