Periódico Oficial del Estado de México del día 31/01/2019 (Sección Tercera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

Página 366

31 de enero de 2019

7.1.9 Sanciones a las beneficiarias 7.1.9.1 Suspensión temporal a En caso de que existan inconsistencias en el registro de la beneficiaria, se suspenderá la entrega del apoyo por el tiempo necesario, hasta que se regularice esta situación;
b Exista duplicidad de los apoyos o en el registro; y c Las demás que determine la instancia normativa.
7.1.9.2 Causas de cancelación y baja del Programa a Proporcionar información socioeconómica falsa, para su incorporación al Programa;
b No participar en algún curso de capacitación;
c Cambiar de domicilio fuera del Estado de México;
d Renunciar de manera voluntaria;
e Por fallecimiento;
f Cuando la beneficiaria no acuda, por causa injustificada a recibir el medio de entrega, dentro de los treinta días hábiles, posteriores a la fecha de publicación de los folios;
g Transferir, vender, prestar, permutar, modificar o alterar en su estructura el medio de entrega;
h Realizar actos de proselitismo con los apoyos en favor de una persona postulante a un cargo de elección popular, a través de un partido político, coalición o de manera independiente;
i Ser beneficiaria de otro programa social federal, estatal o municipal, mediante el cual reciba transferencias monetarias a criterio de la instancia normativa; y j Las demás que determine la instancia normativa.
La instancia normativa será la responsable de autorizar la baja de las beneficiarias del Programa.
7.1.10 Corresponsabilidad de las beneficiarias a Asistir a cursos de capacitación;
b Participar en actividades comunitarias cuando le sea requerido;
c Presentar al personal de la instancia ejecutora el carnet de seguimiento en cada actividad programada; y d Las demás que determine la instancia normativa.
7.2. Graduación de las beneficiarias La graduación del Programa se dará cuando los beneficiarios as concluyan la capacitación y reciban el apoyo monetario, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal.
8. Instancias participantes 8.1 Instancia normativa El Comité es el responsable de normar el Programa e interpretar las presentes reglas.
8.2 Instancia ejecutora La Dirección de Prevención y Bienestar Familiar del DIFEM, es la responsable de operar el Programa.
8.3 Comité de Admisión y Seguimiento 8.3.1 Integración El Comité se integra por:
a b c
d e f g
Presidencia, a cargo de la persona titular de la Dirección General del DIFEM;
Secretaría, a cargo de la persona titular de la Dirección de Prevención y Bienestar Familiar Cuatro vocales, quienes serán:
1. Representante de la Secretaría de Finanzas;
2. Representante de la Secretaría de Salud;
3. Representante de la Secretaría de Educación;
4. Representante de la Secretaría de Desarrollo Social;
Representante de la Dirección de Atención a la Discapacidad del DIFEM;
Representante de la Dirección de Finanzas, Planeación y Administración del DIFEM;
Representante de la Secretaría de la Contraloría, quien será la persona titular del Órgano Interno de Control del DIFEM; y Representante la sociedad civil o institución académica.

Cada integrante del Comité podrá nombrar a una persona suplente.
El cargo otorgado dentro del Comité será honorífico.
Las personas integrantes del Comité tendrán derecho a voz y voto, con excepción de la persona titular del Órgano Interno de Control del DIFEM, quien sólo tendrá derecho a voz.
Las decisiones del Comité se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate, la presidencia tendrá voto de calidad.
El Comité sesionará trimestralmente en forma ordinaria y lo hará de manera extraordinaria cuando sea necesario.
La Secretaría del Comité expedirá la convocatoria por acuerdo de la presidencia, con tres días hábiles de anticipación como mínimo para sesiones ordinarias y para sesiones extraordinarias, con 24 horas de anticipación.
Previa aprobación de las personas integrantes del Comité, podrá invitarse a sus sesiones a personal del servicio público, academia o sociedad civil en general, cuya intervención se considere necesaria para enriquecer aspectos técnicos, administrativos o de cualquier otra índole que se sometan a su consideración Para que las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité sean válidas, se deberá contar con la asistencia de la mitad más una persona integrante, siempre y cuando se encuentre presente la presidencia, la secretaría, la persona titular del Órgano Interno de Control del DIFEM
o sus suplencias, debidamente acreditadas.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 31/01/2019 (Sección Tercera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

CountryMexico

Date31/01/2019

Page count368

Edition count3227

First edition05/01/2000

Last issue16/02/2024

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