Periódico Oficial del Estado de México del día 07/01/2019 (Sección Tercera)

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

Página 12

7 de enero de 2019

dependencias, organismos y entidades que señalen la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, el presupuesto de egresos y las demás disposiciones jurídicas vigentes en el Estado;
Que el artículo 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México señala que los organismos descentralizados, serán considerados como organismos auxiliares del Poder Ejecutivo y forman parte de la Administración Pública del Estado;
Que el artículo 47, de la Ley antes referida establece que los organismos descentralizados gozarán de personalidad jurídica y patrimonio propio y podrán ser creados para ayudar operativamente al ejecutivo en el ejercicio de sus atribuciones;
Que el artículo 21, de la Ley del Agua del Agua del Estado de México y Municipios, establece que el Vocal Ejecutivo, es quien se encuentra a cargo de la administración y representación legal de la Comisión del Agua del Estado de México, contando con todas las facultades que corresponden a los mandatarios generales para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio, en toda clase de asuntos de su competencia, estando investido de las más amplias facultades incluidas las que requieran cláusula especial conforme a la ley;
Que según lo dispuesto en las fracciones I y VI del artículo 15, del Reglamento Interior de la Comisión del Agua del Estado de México, se establece que a las Dirección Generales de la Comisión del Agua del Estado de México les corresponde planear, programar, dirigir y controlar el desarrollo de las funciones encomendadas a la dirección general a su cargo y suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones;
Que el artículo 1.4, del Código Administrativo del Estado de México señala, entre otros aspectos, que los titulares de las dependencias de la administración pública estatal, por acuerdo publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, podrán delegar en los servidores públicos que de ellos dependan cualquiera de sus facultades;
Que de conformidad con la fracción XIII del artículo 16, del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, el Vocal Ejecutivo tiene la facultad de delegar sus facultades en cualquiera de las unidades administrativas de la Comisión, o bien, en su titular mediante acuerdo delegatorio de facultades en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, incluidas las que tiene en su carácter de autoridad fiscal;
Que el artículo 12 fracción XXII, del Reglamento Interior de la Comisión del Agua del Estado de México, señala que corresponde al Vocal Ejecutivo, además de las señaladas en la Ley y en otros ordenamientos aplicables, el ejercicio de sus atribuciones entre ellas delegar las facultades conferidas previo acuerdo del Consejo sin perjuicio de su ejercicio directo.
Por lo expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DELEGATORIO AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DE LA COMISIÓN DEL
AGUA DEL ESTADO DE MÉXICO, PARA:

Substanciar y emitir las resoluciones derivadas de los procedimientos administrativos y los recursos administrativos de inconformidad, de acuerdo a las disposiciones legales en la materia.
Substanciar y resolver los procedimientos para la autorización de condonación por concepto de pago de deducibles.
Celebrar convenios, contratos y acuerdos con los sectores público, privado y social que coadyuven al cumplimiento del objeto de la Comisión, inherentes al área de su competencia.
El titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, deberá informar al Titular del Organismo, de todos los documentos que suscriba, en los primeros cinco días naturales de cada mes.
Las facultades delegadas por el presente acuerdo, son sin menoscabo de las funciones inherentes al área de su competencia, en términos de lo que establecen la Ley del Agua del Estado de México, su Reglamento, Reglamento Interior de la Comisión del Agua del Estado de México y el Manual General de Organización de la Comisión del Agua del Estado de México.

IV.- DISPOSICIONES GENERALES: El Director General Responsable, deberá informar al Titular del Organismo, de todos los documentos que suscriba y el seguimiento en su caso, dentro de los primeros cinco días naturales de cada mes.
Dado en Naucalpan de Juárez, Estado de México, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
ALFREDO PÉREZ GUZMÁN
ENCARGADO DE VOCALÍA EJECUTIVA DE LA
COMISIÓN DEL AGUA DEL ESTADO DE MÉXICO
RÚBRICA.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente acuerdo delegatorio en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEGUNDO. El presente acuerdo delegatorio entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.

About this edition

Periódico Oficial del Estado de México del día 07/01/2019 (Sección Tercera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

CountryMexico

Date07/01/2019

Page count12

Edition count3227

First edition05/01/2000

Last issue16/02/2024

Download this edition

Other editions

<<<Enero 2019>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031