Periódico Oficial del Estado de México del día 17/12/2018 (Sección Tercera)

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

17 de diciembre de 2018

Página 7

I.

Planear, organizar y controlar el suministro, administración y aplicación de los recursos humanos, materiales y financieros;
así como los servicios generales necesarios para el funcionamiento de las unidades administrativas de la Universidad en términos de la normatividad en la materia.

II.

Establecer, en el ámbito de su competencia, políticas y procedimientos para la administración de los recursos humanos, materiales y financieros, así como llevar a cabo su seguimiento y control, de acuerdo con los objetivos y estrategias definidas en los programas de la Universidad.

III.

Integrar el anteproyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos de la Universidad y someterlo a consideración del Rector, así como realizar la calendarización de los recursos de los presupuestos autorizados y tramitar las modificaciones y ampliaciones presupuestales.

IV.

Formular los estados financieros y demás informes en la materia y realizar el registro de la contabilidad patrimonial y presupuestaria de la Universidad.

V.

Controlar el gasto de inversión y gasto corriente a nivel presupuestal, con el propósito de evitar dispendios y desviaciones en su ejercicio.

VI.

Ejecutar los procedimientos y mecanismos sobre el ejercicio y control del presupuesto de gasto corriente y de inversión de la Universidad, y verificar su aplicación.

VII. Coordinar la adquisición y dotación oportuna de los bienes y servicios que soliciten las diferentes unidades administrativas de la Universidad, de conformidad con el presupuesto autorizado y procedimientos correspondientes.
VIII. Presidir los Comités de Adquisiciones y de Servicios; Arrendamientos, Adquisiciones de Inmuebles y Enajenaciones; y de Obra Pública de la Universidad, de conformidad con la normatividad aplicable.
IX.

Coordinar y, en su caso, ejecutar los procedimientos de adquisiciones y servicios; arrendamientos, adquisiciones de inmuebles y enajenaciones; y de obra pública y servicios relacionados con la misma que requiera la Universidad, de acuerdo con la normatividad aplicable.

X.

Suscribir los contratos y convenios derivados de los procedimientos adquisitivos de bienes, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma, con base en la normatividad aplicable, previo acuerdo del Rector, así como rescindir administrativamente los contratos y convenios derivados de los procedimientos que haya celebrado la Universidad.

XI.

Tramitar los movimientos de ingreso, contratación, cambios, permisos, licencias, incidencias, remuneraciones y demás prestaciones del personal de la Universidad, en términos de las disposiciones legales.

XII. Conducir y coordinar las relaciones laborales entre el personal y las autoridades de la Universidad, conforme a los ordenamientos legales aplicables en materia de trabajo.
XIII. Promover la capacitación y desarrollo del personal administrativo y docente de la Universidad.
XIV. Supervisar el registro, control, mantenimiento y conservación de los bienes muebles e inmuebles asignados a las unidades administrativas del Organismo, y aplicar la normatividad que corresponda.
XV. Establecer políticas y procedimientos para la administración y funcionamiento de los almacenes de la Universidad, así como para el control de inventarios.
XVI. Gestionar los contratos de seguros y fianzas para garantizar los actos relacionados con bienes y derechos patrimoniales de la Universidad.
XVII. Determinar y controlar las medidas de seguridad y vigilancia de las instalaciones y bienes de la Universidad, así como instrumentar mecanismos preventivos y dispositivos de emergencia en caso de desastre.
XVIII. Coordinar las acciones de protección civil de la Universidad, con base en las normas y políticas aplicables.
XIX. Coordinar las acciones referentes al mantenimiento preventivo y/o correctivo de los edificios e instalaciones de la Universidad.
XX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y aquéllas que le encomiende el Rector.
Artículo 17.- Corresponde a la Subdirección de Servicios Escolares, las atribuciones siguientes:
I.

Elaborar y aplicar, en coordinación con las áreas competentes, el calendario escolar correspondiente.

II.

Coordinar los procesos de inscripción y reinscripción de las y los alumnos, así como establecer los mecanismos y procedimientos para el registro de cambios, bajas temporales y definitivas de los mismos.

About this edition

Periódico Oficial del Estado de México del día 17/12/2018 (Sección Tercera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

CountryMexico

Date17/12/2018

Page count8

Edition count3227

First edition05/01/2000

Last issue16/02/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2018>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031