Periódico Oficial del Estado de México del día 08/10/2018 (Sección Tercera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

Página 2
CCVI

8 de octubre de 2018

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
LICENCIADO ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado de México, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 77 fracciones II, XXVIII, XXXVIII y LI y 126 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, y CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo cuarto establece el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar y que corresponde al Estado garantizar el respeto a este derecho.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, prevé la facultad del Ejecutivo del Estado para establecer Regiones Ambientales y Centros Integrales de Residuos en materia de protección al ambiente, para lo cual podrá coordinarse con los municipios, a través de los convenios respectivos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, en su Pilar Territorial: Estado de México Ordenado, Sustentable y Resiliente, determina que es responsabilidad gubernamental vigilar que se preserven los servicios que el medio ambiente brinda en soporte al desarrollo de las actividades humanas; especialmente la recarga de los mantos acuíferos, el control de la erosión de suelos y las emisiones contaminantes, el manejo correcto de residuos sólidos, así como la producción y consumo de bienes y servicios sustentables en la entidad, en un entorno de ciudades y comunidades resilientes y sostenibles tanto en el ámbito urbano como en el rural.
Que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, a la que se alinea el Plan rector del desarrollo estatal, establece entre sus objetivos garantizar la disponibilidad de agua, su gestión sustentable y saneamiento, garantizar el acceso a una energía asequible, segura y moderna, fortalecer modalidades de producción y consumo sustentables, para garantizar la gestión sostenible y el uso eficiente de los recursos naturales, la adopción de medidas urgentes para combatir el cambio climático y los desastres naturales, así como la promoción del uso sustentable de los ecosistemas terrestres, la lucha contra la desertificación, la detención y reversión de la degradación de tierras y frenar la pérdida de la biodiversidad.
Que en la entidad diariamente se generan alrededor de 16,187 toneladas de residuos, equivalente a una tonelada por habitante, además de que se reciben 8,500 toneladas de residuos provenientes de la Ciudad de México.
Que durante el periodo 2005-2015 se incrementó el número de vehículos en el Estado de México, aumentando casi en 250% al pasar de 105 a 366 vehículos por cada mil habitantes, cifra que contrasta con el promedio nacional de 57% y cuyo impacto esencial reside en el deterioro de la calidad del aire, respecto de la cual, se tiene registro de una calidad del aire desfavorable en la zona Metropolitana del Valle de México.
Que conscientes de la problemática ambiental que se presenta en los municipios que integran la entidad, el Gobierno del Estado de México está determinado a consolidar la planeación del desarrollo sustentable y ordenado de la entidad, contribuyendo a minimizar el impacto ambiental generado por el cambio climático, reduciendo los desequilibrios y brindando atención a la problemática ambiental, a través de un enfoque sistémico en la atención al cuidado de la naturaleza, atendiendo a las particularidades geográficas, sociales y culturales de las distintas regiones del territorio, mediante el establecimiento de regiones ambientales, que permitan sentar las bases de coordinación intergubernamental con los 125 municipios mexiquenses.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 08/10/2018 (Sección Tercera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

CountryMexico

Date08/10/2018

Page count4

Edition count3227

First edition05/01/2000

Last issue16/02/2024

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