Periódico Oficial del Estado de México del día 25/09/2018 (Sección Tercera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

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25 de septiembre de 2018

b
Cuando se detecten faltas de comprobación, desviaciones, incumplimiento al presente instrumento jurídico y/o a sus respectivas Adendas.

c
Apliquen los recursos financieros entregados, a fines distintos de los pactados.

d
Por falta de entrega de información, reportes y demás documentación prevista en las LAS REGLAS, el Convenio de Coordinación y/o sus respectivas Adendas.

DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES.-De considerarlo procedente, el presente instrumento jurídico, se podrá modificar de común acuerdo por LAS PARTES, conforme a los preceptos y lineamientos que lo originan. Dichas modificaciones deberán constar por escrito en el Convenio Modificatorio respectivo, y entrarán en vigor a partir de la fecha de su suscripción. Las modificaciones serán suscritas por los servidores públicos competentes, debidamente acreditados en la fecha en que se firmen los documentos y se entenderán incorporadas al instrumento principal del cual surgen.
DÉCIMA SEXTA. EVALUACIÓN DE RECURSOS.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos estatales a que se refiere la Cláusula Séptima del presente instrumento jurídico, corresponderá a la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México, y demás disposiciones aplicables en la materia, según corresponda.
DÉCIMA SÉPTIMA. REVISIÓN DEL CONTENIDO.- Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente instrumento jurídico, LAS PARTES se comprometen a revisar periódicamente su contenido, así como adoptar las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requerida para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos.
DÉCIMA OCTAVA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.-LAS PARTES manifiestan su conformidad, en que la interpretación del presente instrumento jurídico, se someterá a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de México.
DÉCIMA NOVENA. CONTROL PRESUPUESTAL.- EL ESTADO llevará a cabo el control presupuestal, seguimiento, registro y control de las acciones derivadas del presente instrumento jurídico, así como de los recursos que se aporten.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA.- Para el transparente ejercicio de los recursos estatales, LAS PARTES convienen que en todas las actividades de difusión y publicidad que lleve a cabo EL EJECUTOR, sobre las obras y acciones materia de EL PROGRAMA, apoyadas parcial o totalmente con subsidios estatales, deberán observar las directrices, lineamientos y normativa federal y estatal aplicable.
La publicidad, la información, la papelería y la documentación oficial relativa a las acciones realizadas, deberá identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales y el artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social, e incluir la siguiente leyenda: Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.
VIGÉSIMA PRIMERA. RECURSOS NO EJERCIDOS.- EL EJECUTOR se compromete a ejercer los recursos estatales descritos, en las acciones o proyectos autorizados, observando un estricto apego a LA REGLAS y demás normatividad que lo rige; en caso de que al cierre del ejercicio fiscal en curso, subsistan recursos estatales sin ejercer, EL EJECUTOR
se obliga a reembolsar íntegramente a la Caja General del Gobierno del Estado de México, los recursos estatales; así como los rendimientos que se hubieren generado, dentro de los quince días naturales siguientes al 31 de diciembre de 2018, debiendo entregar a EL ESTADO, el recibo o constancia de dicha devolución, en términos de lo señalado por la normatividad aplicable correspondiente.
VIGÉSIMA SEGUNDA. VIGENCIA.- El presente Convenio de Coordinación, estará vigente a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2018.
Enteradas LAS PARTES de su contenido y alcance legal, firman el presente Convenio de Coordinación en tres tantos, al margen y al calce, en la Ciudad de Toluca de Lerdo Estado de México, a los 10 días del mes de mayo de 2018.
POR "LA SEDATU"

POR EL ESTADO"

MTRO. ADRIAN TORRES BECERRIL
DELEGADO FEDERAL DE LA SEDATU
EN EL ESTADO DE MÉXICO
RÚBRICA.

LIC. FRANCISCO JAVIER ERIC SEVILLA MONTES DE OCA
SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL
RÚBRICA.
MTRO. RODRIGO JARQUE LIRA
SECRETARIO DE FINANZAS
RÚBRICA.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 25/09/2018 (Sección Tercera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

CountryMexico

Date25/09/2018

Page count8

Edition count3227

First edition05/01/2000

Last issue16/02/2024

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