Periódico Oficial del Estado de México del día 06/09/2017 (Sección Sexta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

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6 de septiembre de 2017

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
DECRETO NÚMERO 238
LA H. LIX LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
DECRETA:
LA H. LIX LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
ARTÍCULO 148 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO Y PREVIA LA
APROBACIÓN DE LOS HH. AYUNTAMIENTOS DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 93
DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, DECLARA
APROBADA LA REFORMA DEL ARTÍCULO 80 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE MÉXICO.
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el artículo 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, para quedar como sigue:
Artículo 80. Los reglamentos, decretos, circulares y acuerdos expedidos por el Gobernador deberán, para su validez y observancia, ir firmados por el Secretario del Despacho respectivo y, cuando se refieran a asuntos de la competencia de dos o más Secretarías, deberán ser refrendados por todos los titulares de las mismas.
Tratándose de los decretos promulgatorios de las leyes o decretos expedidos por la Legislatura, sólo se requerirá el refrendo del titular de la Secretaría General de Gobierno.
El Secretario General de Gobierno y los demás titulares de las dependencias del Ejecutivo, serán responsables de todas las órdenes y providencias que autoricen con su firma, contra la Constitución y las leyes del Estado.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los cinco días del mes de septiembre de dos mil diecisiete.- Presidente.- Dip. Diego Eric Moreno Valle.- Secretarios.- Dip. Tanya Rellstab Carreto.- Dip. Miguel Ángel Xolalpa MolinaDip. Óscar Vergara Gómez.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Méx., a 6 de septiembre de 2017.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO

DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
RÚBRICA.
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
RÚBRICA.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 06/09/2017 (Sección Sexta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

CountryMexico

Date06/09/2017

Page count8

Edition count428

First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

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