Periódico Oficial del Estado de México del día 31/07/2017 (Sección Sexta)

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

31 de julio de 2017

II.

Página 3

I.4.

Que la Dirección General de Recaudación de la Subsecretaría de Ingresos es una unidad administrativa básica auxiliar de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México, encargada de planear, dirigir y evaluar las acciones de recaudación de los recursos tributarios que el Gobierno del Estado de México tiene derecho a percibir, así como de la recaudación de las contribuciones que corresponden a la Entidad, incluyendo las federales, en los términos de los convenios suscritos de conformidad con los artículos 16, 17, 217 fracción IV, y 218 fracciones III, V, X y XII del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 1, 2, 3
primer párrafo, fracción VI, 4 fracción IV, 5, 7 fracción VI, 9 fracción XI, 11 fracción I, 12 y 14 fracciones XXXIII y LII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas.

I.5.

Que el Director General de Recaudación C.P. Arturo Alvarado López, acredita su personalidad con nombramiento expedido por el Gobernador Constitucional del Estado de México, Doctor en Derecho Eruviel Ávila Villegas, de fecha 16 de enero de 2013, así como a través del oficio número 203A-0587/2016 de 14 de julio de 2016. ANEXO 1.

I.6.

Que señala como domicilio para los efectos del presente Convenio, el ubicado en la calle de Ignacio Pérez número 411, primer piso, Colonia San Sebastián, Código Postal 50090, Toluca de Lerdo, Estado de México.

De EL MUNICIPIO
II.1.

Que es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado, investido de personalidad jurídica y patrimonio propio, gobernado por un Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 115 fracciones I primer párrafo, II párrafo primero y IV inciso a de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122 párrafo primero, 125 párrafo primero, 128 fracción V y 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; y 1, 2, 15, 31 fracciones II y XLVI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

II.2.

Que en términos de lo que establece el artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, los municipios administrarán libremente su Hacienda Pública, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que la ley establezca.

II.3.

Que en el Punto 6 del Acta Número 40 de la Sesión Ordinaria, de fecha 14 de octubre de 2016, que se integra en copia certificada al presente Convenio como ANEXO 2, se aprueba la suscripción del presente Convenio de Colaboración Administrativa para la Administración, Recaudación y Recuperación de las Multas Impuestas por Autoridades Administrativas Federales No Fiscales a nombre y representación de EL MUNICIPIO, de conformidad con el artículo 17 párrafo primero del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

II.4.

Que el Presidente Municipal Constitucional, C. OSCAR JIMÉNEZ RAYÓN, es el representante jurídico del municipio conforme a las atribuciones previstas en los artículos 128 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 48 fracciones II y IV, 49 y 50 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

II.5.

Que la Síndico Municipal, C. DIANA GRETHEL QUIROZ VARELA, es la encargada de la procuración y defensa de los derechos e intereses del municipio, en especial los de carácter patrimonial y la función de contraloría interna, así como de los ingresos de la Hacienda municipal conforme a lo previsto en los artículos 52 y 53 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

II.6.

Que el Secretario del Ayuntamiento, C. LUIS ACEVES NAJERA, en términos de lo que establece el artículo 91
fracciones V y XIV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, tiene la atribución de validar con su firma los documentos oficiales emanados del H. Ayuntamiento y de cualquiera de sus integrantes.

II.7.

Que el Tesorero Municipal, C. VICTOR HUGO HIGUERA ALEGRE, es el encargado de la recaudación de los ingresos municipales y demás ingresos, así como responsable de las erogaciones que haga EL MUNICIPIO, lo anterior en términos de lo dispuesto en los artículos 93 y 95 fracciones I, II, VIII, XIX, XX y XXII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

II.8.

Que acreditan su personalidad a través de los siguientes documentos jurídicos, mismos que se integran en copia certificada al presente como ANEXO 3.
a
Presidente Municipal, C. OSCAR JIMÉNEZ RAYÓN: Constancia de Mayoría de fecha 10 de junio de 2015, expedida por el Instituto Electoral del Estado de México.

b
Síndico Municipal, C. DIANA GRETHEL QUIROZ VARELA: Constancia de Mayoría de fecha 10 de junio de 2015, expedida por el Instituto Electoral del Estado de México.

c
Secretario del Ayuntamiento, C. LUIS ACEVES NAJERA: Nombramiento de fecha 01 de enero de 2016, expedido por el Presidente Municipal Constitucional, C. Oscar Jiménez Rayón.

d
Tesorero Municipal, C. VICTOR HUGO HIGUERA ALEGRE: Nombramiento de fecha 16 de febrero de 2017, expedido por el Presidente Municipal Constitucional, C. Oscar Jiménez Rayón.

About this edition

Periódico Oficial del Estado de México del día 31/07/2017 (Sección Sexta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

CountryMexico

Date31/07/2017

Page count24

Edition count428

First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

Download this edition

Other editions

<<<Julio 2017>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031